DECRETO 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2009
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos.

La Constitución española, en su artículo 103, proclama como principio de actuación de las Administraciones Públicas la eficacia.

Por su parte, el artículo 12 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León recoge el derecho a una Buena Administración, entre cuyos elementos definitorios incluye el derecho de los ciudadanos a la resolución de los asuntos que les conciernan en un plazo razonable.

En este sentido, ya la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 35. f reconoce el derecho de los ciudadanos a no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante.

Por su parte el artículo 6.2 letra b de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos establece que los ciudadanos tendrán derecho a no aportar los datos y documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas, las cuales utilizarán medios electrónicos para recabar dicha información siempre que, en el caso de datos de carácter personal, se cuente con el consentimiento de los interesados en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, o una norma con rango de Ley así lo determine, salvo que existan restricciones conforme a la normativa de aplicación a los datos y documentos recabados.

El Acuerdo 32/2008, de 17 de abril, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueba el Plan Estratégico de Modernización de la Administración Regional establece como línea estratégica una Administración más fácil que proporcione una respuesta satisfactoria a las necesidades y expectativas de los ciudadanos. Su Programa Optimiza tiene como objetivo específico ofrecer servicios adecuados a los intereses de los ciudadanos y fija como línea de actuación, entre otras, la simplificación de los procedimientos.

Por lo tanto, constituye un compromiso de la Junta de Castilla y León seguir avanzado en la consecución de una actividad administrativa eficiente y cercana a los ciudadanos. El logro de este objetivo implica necesariamente la obligación de agilizar las relaciones de los ciudadanos con los órganos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, convirtiéndola en una Administración más fácil y accesible.

Hoy, las tecnologías de la información y de las comunicaciones hacen posible dar un paso más en el reconocimiento de este derecho, siendo además una prioridad de la Junta de Castilla y León hacer efectivo su ejercicio, bien a través de la coordinación e implantación de medidas internas de comunicación, en el caso de que los datos y documentos que se pretenda recabar se hallen en el ámbito de la competencia de la Administración Autonómica, o bien a través de la celebración de los correspondientes instrumentos de colaboración, cuando aquéllos se encuentren dentro del ámbito competencial de otra Administración Pública.

En el proceso de simplificación documental que este Decreto persigue se incluyen además otras medidas como la sustitución de certificaciones por las declaraciones responsables, concebidas como manifestaciones de voluntad de los interesados relativas al cumplimiento de unos requisitos o a la posesión de documentación.

Este Decreto consta de tres Capítulos.

En el Capítulo I se recoge el objeto y el ámbito de aplicación que comprende todos aquellos procedimientos administrativos cuya tramitación y resolución corresponda a la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, sus organismos autónomos vinculados o dependientes y los entes públicos de derecho privado, cuando ejercen potestades administrativas.

El artículo 3 establece que el personal que presta sus servicios en la Administración Regional no podrá exigir más documentación que la exigida en la correspondiente norma, ni tampoco la presentación de originales y copias compulsadas, con carácter general.

También incluye, como novedad más significativa, el 'Catálogo de simplificación documental'. En este catálogo aparecerán de forma detallada aquellos documentos cuya obligación de aportación se suprime en este Decreto y aquéllos que en un futuro puedan ser objeto de supresión, así como las certificaciones acreditativas del cumplimiento de determinados requisitos que sean objeto de sustitución por declaraciones responsables por parte de los interesados.

El Capítulo II se dedica a los documentos cuya obligada presentación por los interesados queda suprimida y que, hasta ahora, se vienen exigiendo en gran parte de los procedimientos incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto.

El Capítulo III regula la declaración responsable como figura que permite sustituir la presentación de documentos exigidos hasta la actualidad, como es el caso de la sustitución de la certificación bancaria relativa a la titularidad de una cuenta o de los estatutos de las sociedades mercantiles debidamente registrados.

Corresponde a la Consejería de Administración Autonómica, conforme lo dispuesto en el Decreto 60/2007, de 12 de julio, la preparación y presentación a la Junta de Castilla y León de esta norma.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Administración Autonómica, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 26 de marzo de 2009

DISPONE CAPÍTULO I Disposiciones Generales

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. Constituye el objeto de este Decreto la adopción de medidas de simplificación documental en los procedimientos administrativos mediante la supresión de la obligación de aportar determinada documentación o mediante la sustitución de ésta, en su caso, por declaraciones responsables.

  2. Su finalidad es la mejora de la calidad de los servicios prestados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y, en particular, contribuir a hacer efectivo el artículo 35. f de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Este Decreto es de aplicación a los procedimientos administrativos cuya...

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