ORDEN FYM/720/2013, de 21 de agosto, por la que se dicta la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de explotación de arenas silíceas en la concesión de recursos de la Sección C, denominada «Zabala fracción 2.ª», en el término municipal de Villadiego (Burgos), promovido por D. Francisco Javier Zabala Tubilleja.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 46 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental, es el órgano administrativo de medio ambiente competente para ejercer, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las funciones fijadas para dicho órgano por el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 3.1 del citado texto refundido establece que deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta Ley, «Los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo I», estando este proyecto incluido en su Grupo 2, apartado a) «Explotaciones y frentes de una misma autorización o concesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos de las secciones A, B, C y D cuyo aprovechamiento está regulado por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y normativa complementaria, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias» circunstancia 1 «Explotaciones en las que la superficie de terreno afectado supere las 25 hectáreas», circunstancia 5 «Explotaciones visibles desde autopistas, autovías, carreteras nacionales y comarcales o núcleos urbanos superiores a 1.000 habitantes o situadas a distancias inferiores a 2 kilómetros de tales núcleos».

Considerando adecuadamente tramitado el expediente, de acuerdo con el procedimiento establecido en la normativa de aplicación anteriormente citada, vista la propuesta de Declaración de Impacto Ambiental elaborada por la Comisión de Territorial de Prevención Ambiental de Burgos,

RESUELVO

Dictar la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto explotación de recursos de la sección C, denominada «Zabala fracción 2.ª», en el término municipal de Villadiego (Burgos), promovido por D. Francisco Javier Zabala Tubilleja, que figura como Anexo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, y en el artículo 31 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto 209/1995, de 5 de octubre, esta Declaración de Impacto Ambiental se comunicará al órgano sustantivo para que sea incluida entre las condiciones de la autorización, se notificará a los interesados y se hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para general conocimiento.

Valladolid, 21 de agosto de 2013.

El Consejero,

Fdo.: A ntonio S ilván R odRíguez

ANEXO

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PROYECTO DE EXPLOTACIÓN DE ARENAS SILÍCEAS EN LA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE RECURSOS DE LA SECCIÓN C, DENOMINADA «ZABALA FRACCIÓN 2.ª», EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLADIEGO (BURGOS), PROMOVIDO POR D. FRANCISCO

JAVIER ZABALA TUBILLEJA

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.

El proyecto evaluado consiste en la explotación de 27,27 hectáreas para aprovechamiento de arenas silíceas. La superficie comprende las siguientes parcelas catastrales, conforme indica el plano n.º 1 de la documentación anexa al Estudio de Impacto Ambiental:

PARCELA

SUPERFICIE AFECTADA (hectáreas)

Polígono 9, parcela 156

10,08

Polígono 9, parcela 5004

0,8

Polígono 10, parcela 34

11,6

Polígono 10, parcela 38

0,74

Polígono 10, parcela 5172

1,09

Dicha superficie se divide en 4 zonas que determinan el sentido del avance de la explotación.

El arranque de material es directo mediante retroexcavadora. Se estiman unas reservas de 2.181.600 m 3 con un volumen de explotación anual de 128.000 m 3 siendo el períodos de explotación previsto de 44 años.

La explotación contará con una planta de tratamiento que consistirá únicamente en clasificación y venta. Esta planta será tipo móvil, y contará con una tolva receptora con dos vibradores y parrilla de precribado, alimentador de banda, criba de 4 tamices con cajones

de reparto, cintas de salida de gruesos y cintas de acopio. Esta planta se alimentará mediante la energía eléctrica producida por un grupo electrógeno.

Próximo a la planta de clasificación, se prevé realizar acopios de material. Entre ambos ocuparán una superficie de 1 hectárea que se encontrará inicialmente en la zona 3 y trasladándose a la zona 2 cuando haya sido explotada.

No se contempla la creación de escombrera inicial, ni la colocación de otra planta de tratamiento que no sea la descrita anteriormente.

Se prevé que la superficie abierta en explotación sea de 2 hectáreas, estando otras 2 en restauración progresiva. La explotación se encontrará vallada con el fin de evitar accidentes.

La restauración consistirá en realizar un nivelado de la plaza de cantera y un taluzado perimetral con pendientes máximas de 3:1 (H:V), aportando estériles de la propia explotación o materiales inertes del exterior. Posteriormente se realizará la restauración topográfica, perfilado de bordes, naturalización de pendientes y restitución de la capa vegetal para devolver los terrenos a su uso agrícola original. Se dejarán zonas de encharcamiento temporal en las zonas de explotación 3 y 4, con la creación de isletas, con el fin de favorecer el asentamiento de aves y anfibios.

La zona objeto del proyecto se encuentra dentro del LIC y ZEPA «Humada-Peña Amaya» (ES4120093 y ES0000192 respectivamente).

En lo que respecta a Hábitats de Interés Comunitario, se ha señalado la presencia de los siguientes:

- 4020* Brezales húmedos atlánticos de zona templada de Erica cillaris y Erica tetralix . (*hábitat prioritario).

- 4030 Brezales secos europeos.

- 6410 Prados con molinias sobre sustrato calcáreos, turbosos o arcillo-limónicos ( Molinion caeruleae ).

Se ha detectado la presencia de Erica umbellata especie de gran interés biogeográfico de la provincia de Burgos, que tiene en esta comarca sus únicas poblaciones provinciales.

Existe constancia de la existencia de plataformas de nidificación de buitre leonado ( Gyps fulvus ), alimoche común ( Neophoron percnopterus ) y halcón peregrino ( Falco peregrinus ). Existe un territorio ocupado por águila real (Aquila chrysaetos). Todas estas especies incluidas en el Anexo IV de la Ley 42/2007 y en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Algunos taludes verticales arenosos del entorno de la explotación sustentan oquedades de nidificación de gorrión chillón y avión zapador.

La intervención arqueológica ha permitido identificar, en los alrededores de la zona de actuación del proyecto, dos yacimientos arqueológicos y tres hallazgos aislados que corresponden con Las Virgas, Corral Viejo, Corral Viejo II, Lomilla y Tras las Heras.

Documentación aportada por el promotor para su estudio y evaluación:

* Proyecto de aprovechamiento Concesión de Explotación «Zabala fracción 2.ª» n.º 4.751-20 de mayo de 2010.

* Estudio de Impacto Ambiental, del Proyecto de aprovechamiento Concesión de Explotación «Zabala fracción 2.ª» n.º 4.751-20 de mayo de 2010.

* Documento complementario al Estudio de Impacto Ambiental, de noviembre de 2011.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El Estudio de Impacto Ambiental identifica las acciones productoras de impactos. El citado estudio y documentación complementaria al mismo proponen, entre otras, las siguientes medidas protectoras y correctoras:

* Medidas...

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