DECRETO 230/1987, de 3 de septiembre, por el que se regula el Servicio de Minas de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 18-09-1987 Nº Boletín: 155 / 1987

DECRETO 230/1987, de 3 de septiembre, por el que se regula el Servicio de Minas de Castilla y León.

El Decreto 152/1987 de 28 de julio, de modificación y fusión de Consejerías establece que la Consejería de Economía y Hacienda asumirá las funciones anteriormente atribuidas a la de Fomento en materia de Comercio, Industria, Energía y Trabajo.

Posteriormente mediante Decreto 156/1987 de 30 de julio, de reorganización de los órganos superiores centrales de las Consejerías y de los órganos directamente dependientes de la Presidencia, se establece que la Dirección General de Economía acumulará a sus funciones, entre otras, las que venían correspondiendo a la Dirección General de Industria y Energía, que existía en la Consejería de Fomento.

Por razón de operatividad administrativa y teniendo en cuenta la alta concentración de las actividades, se ha considerado conveniente ubicar los Servicios Centrales de Minería de la Junta de Castilla y León en la ciudad de León, como objeto de simplificar y agilizar las actuaciones técnicas y administrativas, sin perjuicio de la reestructuración que sea necesaria definir en las unidades periféricas de las restantes provincias de esta Comunidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su sesión del día 3 de septiembre de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1 º- Los órganos administrativos centrales de la Comunidad Autónoma del Servicio de Minas tendrán su sede en la ciudad de León.

Art. 2.º-...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR