ORDEN IYJ/1540/2009, de 10 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León el Estatuto del Consejo de Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Castilla y León

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

Locales Menores de Palacio de Torío y Palazuelo de Torio, pertenecientes al municipio de Garrafe de Torío (León).

Segundo. El Acuerdo fue publicado en el 'Boletín Oficial de Castilla y León número' 33, de 18 de febrero de 2009, habiéndose efectuado notificación personal a la Junta Vecinal de Palazuelo de Torio, con fecha 27 de febrero de 2009.

Tercero. Con fecha 17 de marzo de 2009, se interpone recurso de reposición por D. Ovidio García Getino, Presidente de la Junta Vecinal de Palazuelo de Torio, alegando la falta de marco normativo de referencia, el incumplimiento del acta suscrita por las juntas vecinales, el representante de la Junta y el representante del IGN de 27 de noviembre de 2006, en el que se preveía una reunión por separado con cada una de las Juntas Vecinales para que manifestasen donde deben colocarse los hitos y visitar el resto de los mojones cuando el tiempo lo permita.

Cuarto. Dado traslado del recurso interpuesto a la Junta Vecinal de Palacio de Torio, de acuerdo con lo previsto en le artículo 112 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, presentan escrito de alegaciones en el que terminan por solicitar la confirmación del Acuerdo 19/2009, de 12 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se fija la línea límite entre las Entidades Locales Menores de Palacio de Torío y Palazuelo de Torío.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Es competente para resolver este recurso la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 16.m) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Segundo. La Junta Vecinal de Palazuelo de Torío tiene la condición de interesado y por tanto la legitimación necesaria para formular el recurso que interpone de acuerdo con lo establecido en los artículos 31 y 107.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero. El recurso se ha presentado dentro del plazo señalado en el apartado 1 del artículo 117 de la ya citada Ley 30/1992.

Cuarto. En cuanto al fondo del asunto, indicar que el escrito de recurso de reposición es sustancialmente idéntico al escrito de alegaciones presentado en el trámite de audiencia del expediente de deslinde y que fue desvirtuado en el Acuerdo 19/2009, de 12 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se fija la línea límite entre las Entidades Locales Menores de Palacio de Torío y Palazuelo de Torío , en el que se indica:

'No pueden ser admitidas las alegaciones de inseguridad jurídica y nulidad del procedimiento que alega la Junta Vecinal de Palazuelo de Torio puesto que en cuanto a la normativa aplicable al procedimiento de de fijación de línea límite entre las Entidades Locales Menores en el escrito de 19 de abril de 2004 con fecha de registro 22 de abril remitido por la Dirección General de Administración Territorial a ambos Alcaldes Pedáneos y al Alcalde de Garrafe de Torio se informaba de la normativa aplicable y el procedimiento a seguir y en cuanto a las reuniones por separado consta en el expediente que se celebraron en el mismo día y que la Junta Vecinal de Palazuelo de Torio aportó como documentación informe de D. Jorge García Pacho en el que se definen los vértices de la poligonal en coordenadas UTM, es decir, perfectamente definidas.

En cuanto al fondo del asunto, el análisis que sirva para determinar la línea límite jurisdiccional entre las Entidades Locales Menores de Palacio de Torío y Palazuelo de Torío, pertenecientes al Municipio de Garrafe de Torío, ha de consistir en el contraste de los elementos de prueba y argumentos aportados por cada Junta Administrativa de acuerdo con la doctrina elaborada para este tipo de expedientes tanto por el Consejo de Estado (Dictámenes 1.245/93, 1.625/93, 897/99, 2905/2002, entre otros) como por el Tribunal Supremo (Sentencias 30 de octubre de 1979, 26 de febrero de 1983 y 10 de diciembre de 1984, entre otras), pues, los textos legales y reglamentarios que resultan aplicables no contienen reglas que permitan llegar a esa determinación.' Por tanto, las alegaciones del recurso no desvirtúan la fundamentación jurídica del Acuerdo impugnado y no apreciándose la existencia de motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que en virtud del artículo 107 del mismo texto legal, podría fundamentar la interposición del recurso.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Interior y Justicia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de julio de 2009 adopta el siguiente ACUERDO Primero. Desestimar el recurso de reposición interpuesto por D. Ovidio García Getino, Presidente de la Junta Vecinal de Palazuelo de Torío contra Acuerdo 19/2009, de 12 de febrero, de la Junta de Castilla y León por el que se fija la línea límite entre las Entidades Locales Menores de Palacio de Torío y Palazuelo de Torio, pertenecientes al municipio de Garrafe de Torío (León).

Segundo. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, o cualquier otro que se estime más conveniente para la defensa de sus intereses.

Valladolid, 16 de julio de 2009.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO El Consejero de Interior y Justicia,

Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO ORDEN IYJ/1540/2009, de 10 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León el Estatuto del Consejo de Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Castilla y León.

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, del Estatuto del Consejo de Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Castilla y León, con domicilio social en la calle Enrique IV , n.º 4 4.º piso de Valladolid, cuyos ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha 25 de enero de 2008 fue presentado por D. Luis Royuela Perea, en calidad de Presidente de la Comisión Gestora del Consejo de Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Castilla y León, solicitud de inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León, del Estatuto Particular del Consejo de Colegios Profesionales citado, que fue aprobado por la Comisión Gestora el 11 de abril de 2005.

Asimismo, fue también aprobado en Asamblea del Colegio de SITAL de Ávila de 26 de julio de 2005, en Asamblea del Colegio de SITAL de Burgos de 9 de junio de 2005, Asamblea del Colegio de SITAL de León de 16 de diciembre de 2005, Asamblea del Colegio de SITAL de Palencia de 4 de junio de 2005, Asamblea del Colegio de SITAL de Salamanca de 4 de noviembre de 2005, Asamblea del Colegio de SITAL de Segovia de 25 de noviembre de 2006, Asamblea del Colegio de SITAL de Valladolid de 9 de junio de 2005 y Asamblea del Colegio de SITAL de Zamora de 5 de mayo de 2005.

Posteriormente fue modificado por acuerdos de la Comisión Gestora de 23 de marzo y de 29 de mayo de 2009, ratificados por las Juntas de Gobierno de todos los colegios integrados.

Segundo. El Consejo de Colegios Profesionales de Secretarios,

Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Castilla y León fue creado mediante la Ley 4/2004, de 13 de octubre comprendiendo su B.O.C. y L. - N.º 138 Miércoles, 22 de julio 2009 23049 ámbito territorial provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Soria, Valladolid y Zamora, estando integrado por los Colegios Oficiales de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Soria, Valladolid y Zamora. Asimismo, en la citada Ley, se estableció que la modificación del ámbito territorial del Consejo se ajustaría a lo previsto en el artículo 21 del Decreto 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Castilla y León. Dicha modificación fue instada cumpliendo las prescripciones jurídicas necesarias y se instruyó el correspondiente expediente que concluyó con la adopción del ACUERDO...

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