DECRETO 271/1994, de 1 de diciembre, por el que se regulan las competencias sancionadoras en materia de fraude y calidad agroalimentarios.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 271/1994, de 1 de diciembre, por el que se regulan las competencias sancionadoras en materia de fraude y calidad agroalimentarios.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero («B.O.E.» nº. 52 de 2 de marzo), reformado por la Ley Orgánica 11/1994, de 24 de marzo («B.O.E.» n.º 72 de 25 de marzo), establece como competencia exclusiva de la Comunidad la de industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economia (artículo 26.1.9) y como competencia de desarrollo y ejecución la de denominaciones de origen en colaboración con el Estado (artículo 27.1.12).

La Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («B.O.E.» nº. 285 de 27 de noviembre), al establecer los principios de la potestad sancionadora de la Administración, especifica en su art. 127.2 que dicho ejercicio corresponde a los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario, sin que pueda delegarse en órgano distinto.

Teniendo en cuenta el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio («B.O.E.» nº 168 de 15 de julio), que regula, entre otras, las infracciones en materia de defensa de la calidad de la producción agroalimentaria, sobre la que existe reciente...

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