DECRETO 287/1999, de 4 de noviembre, de atribución de funciones en materia de control en el transporte en ruta sobre las tallas mínimas biológicas de captura de especies pesqueras.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 287/1999, de 4 de noviembre, de atribución de funciones en materia de control en el transporte en ruta sobre las tallas mínimas biológicas de captura de especies pesqueras.

La Constitución Española en su artículo 149.1.19.' atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la pesca marítima, sin perjuicio de las competencias que en la ordenación del sector se atribuyan a las Comunidades Autónomas. La Comunidad Autónoma de Castilla y León, al ser una Comunidad de interior, no dispone de competencias en materia de pesca marítima más allá de la ordenación comercial de estos productos.

No obstante tiene competencia exclusiva en materia de mercado interior en virtud de lo dispuesto por el artículo 32.1.10.' del Estatuto de Autonomía de Castilla y León en su redacción dada por la Ley Orgánica 4/1999, de 8 de enero ('B.O.E.' n.º 8 de 9 de enero), de reforma de la Ley Orgánica 4/1983, del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

La Ley 14/1998, de 1 de junio ('B.O.E.' n.º 131 de 2 de junio), por la que se establece el régimen de control para protección de los recursos pesqueros establece la normativa básica del régimen sancionador en materia de ordenación del sector pesquero y de ordenación de la actividad comercial de productos de la pesca, cuyo desarrollo legislativo y ejecución corresponde a los órganos competentes de las ComunidadesAutónomas. A este respecto la Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene competencia sobre la ordenación comercial de los productos de la pesca en su territorio.

Según el apartado tercero de la Disposición Adicional Primera de la Ley 14/1998, corresponde a las Comunidades Autónomas con competencias de ejecución en materia de comercio interior, la aplicación y desarrollo de la legislación básica establecida por dicha Ley.

Por la Ley 33/1980, de 21 de junio ('B.O.E.' n.º 154 de 27 de junio) se crea el Fondo de Regulación y Ordenación del Mercado de los productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) y se le adscribe, como Organismo Autónomo, a la Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante. El artículo 2 c) de dicha Ley atribuye al FROM, entre otras funciones, la de 'desarrollar funciones de orientación, regulación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR