ORDEN CYT/1960/2007, de 26 de noviembre, por la que se resuelven las becas del Programa «Castilla y León Olímpica».
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Cultura y Turismo |
Rango de Ley | Orden |
RESOLUCIÓN de 30 de noviembre de 2007, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se extingue el reconocimiento como Agrupación de Defensa Sanitaria de ganado ovino y caprino a la denominada 'Arlanza-Montes', en la provincia de Burgos.
Visto el informe propuesta emitido por el Jefe de la Sección de Sanidad y Producción Animal de Burgos, en el que propone al Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería se incoe expediente de extinción del reconocimiento y la baja en el registro de la Agrupación de Defensa Sanitaria de ganado ovino y caprino denominada 'ARLANZAMONTES', en la provincia de Burgos.
Visto el expediente de extinción del reconocimiento y la baja en el registro de la Agrupación de Defensa Sanitaria denominada 'ARLANZA-MONTES', emitido por el Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de Burgos.
ANTECEDENTES:
Primero. Por Resolución de 12 de julio de 1994, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería se reconoció como Agrupación de Defensa Sanitaria para las especies ovina y caprina, a la denominada 'ARLANZA-MONTES', que se incluye los Municipios de Covarrubias,
Madrigal del Monte, Mecerreyes, Quintanilla del Coco, Quintanilla Tordueles y Torrecilla del Monte, en la Provincia de Burgos.
Segundo. No existen compromisos pendientes de cumplimiento por la Consejería de Agricultura y Ganadería.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Es competente para dictar la presente Resolución el Director General de Producción Agropecuaria en virtud de lo dispuesto en el punto 2 c) del artículo 7 del Decreto 75/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería ('B.O.C. y L.' n.º 138 de 18 de julio) y en relación con lo preceptuado en el artículo 154 del Decreto 266/1998, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Sanidad Animal ('B.O.C. y L.' n.º 243 de 21 de diciembre),
Segundo. El artículo 4 de la Orden AYG/1719/2007, de 15 de octubre, por la que se regula la constitución y reconocimiento del título de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas, establece una dimensión mínima para las ADS de ganado ovino de 2.000 UGM.
El Director General de Producción Agropecuaria,
RESUELVE:
Extinguir el reconocimiento como Agrupación de Defensa Sanitaria de ganado ovino y caprino a la denominada 'ARLANZA-MONTES', en la provincia de Burgos.
La presente Resolución entrará en...
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