ORDEN FAM/1970/2007, de 26 de octubre, por la que se resuelve el Premio «Castilla y León: Mujer en la Empresa».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

por los motivos que se expresan a continuación, sin perjuicio del cumplimiento de otras normas vigentes de tipo ambiental o sectorial que le sean de aplicación.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PLANES Y PROGRAMAS:

En función de las características de la modificación se considera que no se produce una alteración sustancial sobre la ordenación general del municipio ni sobre el modelo territorial vigente.

La modificación del plan se realiza a nivel municipal y afecta a una superficie aproximada de 45 hectáreas, situadas en terrenos próximos al núcleo urbano de Toral de los Vados y en las inmediaciones de la autovía A-6 Madrid-La Coruña. Por tanto en un área dotada de buena accesibilidad a las vías de comunicación y en un espacio de elevado grado de antropización. La pérdida escasa de suelo rústico supondría un importante incremento del suelo industrial en el municipio, sin producir una alteración sustancial de la ordenación general del mismo.

CARACTERÍSTICAS DE LOS EFECTOS Y DEL ÁREA PROBABLEMENTE AFECTADA Los terrenos afectados no cuentan con especial valor paisajístico, carecen de masas forestal de interés y cuentan una topografía llana capaz de adaptarse a las transformaciones de suelo propuestas. Los cambios de suelo recogidos en la Modificación Puntual, al no suponer aumento de población, no afectan a los sistemas generales de espacios libres y equipamientos. No obstante, la futura ordenación garantizará la adecuada inserción de la zona logístico industrial en el medio, previendo zonas verdes y espacios libres públicos en franjas paralelas al arroyo y al trazado del ferrocarril, que incluyan las zonas de afección de las mismas y sirvan, al mismo tiempo, como elementos de protección e integración paisajística. Se prestará atención al tratamiento del arroyo que atraviesa inmediatamente al norte del sector (arroyo de Valtuilles).

La actuación garantizará también la resolución completa del ciclo del agua, incluyendo su conexión a la red municipal, instalaciones de captación, potabilización y depuración, entre otros motivos para proteger el LIC 'Riberas del Sil y Afluentes' situado aguas abajo del ámbito de la modificación puntual.

Por último, de acuerdo con la Disposición Adicional Tercera de la citada Ley 9/2006, todos estos factores previstos deberán ser tenidos en cuenta en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental al que necesariamente se tendrá que someter el Plan Parcial que establezca la ordenación detallada de estos sectores, según el...

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