ORDEN EDU/1183/2007, de 28 de junio, por la que se resuelve la concesión de licencias para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Educacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN EDU/1183/2007, de 28 de junio, por la que se resuelve la concesión de licencias para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima de la Orden EDU/454/2007, de 12 de marzo, por la que se convocan licencias para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008, por los funcionarios de los diferentes cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, una vez examinadas por la Comisión de Valoración las alegaciones efectuadas a la relación provisional de seleccionados, y vista su propuesta de resolución RESUELVO:
Primero. Conceder licencia para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008 al personal docente que figura en el Anexo de la presente Orden.
Segundo. El período de duración de la licencia por estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo y las retribuciones a percibir serán las especificadas en las bases segunda y duodécima, respectivamente, de la convocatoria.
Tercero. 3.1. Los seleccionados, de acuerdo con lo establecido en la base undécima de la convocatoria, quedan obligados a presentar en el Área de Inspección Educativa de la Dirección Provincial de Educación en
la que tengan su destino en los plazos que se señalan a continuación, la siguiente documentación original o copia compulsada:
-
Para las modalidades 1 y 5 se deberá presentar del 14 al 31 de marzo de 2008 una memoria resumen del trabajo realizado hasta esas fechas.
-
Para las restantes modalidades se deberá presentar durante la primera quincena del mes de noviembre de 2007, el resguardo de matrícula en el centro donde se realizarán los estudios y además:
b.1) Para las modalidades 2 y 3, certificado de asistencia a las clases cumplimentado por cada profesor y referido hasta el 14 de marzo de 2008, que se remitirá entre el 16 y 31 de dicho mes, o en su caso declaración jurada de no tener clases presenciales.
b.2) En el caso de la modalidad 4, al ser cuatrimestral, certificado de asistencia a las clases cumplimentado por cada profesor, o en su caso declaración jurada de no tener clases presenciales, que se enviará del 1 al 8 del tercer mes de disfrute de licencia.
3.2. Asimismo una vez finalizadas las licencias los beneficiarios deberán aportar en el plazo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba