ORDEN EDU/1183/2007, de 28 de junio, por la que se resuelve la concesión de licencias para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/1183/2007, de 28 de junio, por la que se resuelve la concesión de licencias para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima de la Orden EDU/454/2007, de 12 de marzo, por la que se convocan licencias para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008, por los funcionarios de los diferentes cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias, una vez examinadas por la Comisión de Valoración las alegaciones efectuadas a la relación provisional de seleccionados, y vista su propuesta de resolución RESUELVO:

Primero. Conceder licencia para la realización de estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo durante el curso 2007/2008 al personal docente que figura en el Anexo de la presente Orden.

Segundo. El período de duración de la licencia por estudios y otras actividades de interés para el sistema educativo y las retribuciones a percibir serán las especificadas en las bases segunda y duodécima, respectivamente, de la convocatoria.

Tercero. 3.1. Los seleccionados, de acuerdo con lo establecido en la base undécima de la convocatoria, quedan obligados a presentar en el Área de Inspección Educativa de la Dirección Provincial de Educación en

la que tengan su destino en los plazos que se señalan a continuación, la siguiente documentación original o copia compulsada:

  1. Para las modalidades 1 y 5 se deberá presentar del 14 al 31 de marzo de 2008 una memoria resumen del trabajo realizado hasta esas fechas.

  2. Para las restantes modalidades se deberá presentar durante la primera quincena del mes de noviembre de 2007, el resguardo de matrícula en el centro donde se realizarán los estudios y además:

    b.1) Para las modalidades 2 y 3, certificado de asistencia a las clases cumplimentado por cada profesor y referido hasta el 14 de marzo de 2008, que se remitirá entre el 16 y 31 de dicho mes, o en su caso declaración jurada de no tener clases presenciales.

    b.2) En el caso de la modalidad 4, al ser cuatrimestral, certificado de asistencia a las clases cumplimentado por cada profesor, o en su caso declaración jurada de no tener clases presenciales, que se enviará del 1 al 8 del tercer mes de disfrute de licencia.

    3.2. Asimismo una vez finalizadas las licencias los beneficiarios deberán aportar en el plazo...

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