RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2015, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación para el año 2015.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

El programa de formación profesional específica con compromiso de contratación se integra dentro de las líneas de actuación de la Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Empleo aprobada por Acuerdo de 2 de marzo de 2012 del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León y con vigencia para el período 2012-2015 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la cual se concibe como complementaria y subsidiaria frente a las actuaciones que se planteen a nivel nacional, se configura como referencia básica para la definición de los Planes anuales de Políticas de Empleo a elaborar en el Marco de la Estrategia Española de Empleo, y constituye un Plan Estratégico de subvenciones en los términos previstos en el artículo 8.1 y la disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Esta Estrategia incorpora el VI Plan Regional de Empleo que, integrado con los correspondientes a la formación profesional, la igualdad en el empleo y la prevención de riesgos laborales y, con el marco establecido en el III Acuerdo Marco para la Competitividad e Innovación Industrial de Castilla y León 2014-2020, pretende contribuir a la generación de la actividad económica, al mantenimiento del empleo, a la creación de nuevos puestos de trabajo con la máxima calidad y seguridad, promoviendo la cualificación de los trabajadores para conseguir su ocupación efectiva.

En este sentido, la citada Estrategia recoge la necesidad de que la población castellano y leonesa adquiera una alta cualificación profesional que le permita adaptarse a los cambios tecnológicos y a la innovación, en consonancia con las demandas empresariales y mejorando con ello su empleabilidad.

En la actual situación económica no debe olvidarse que, las carencias formativas son uno de los factores que inciden directamente en el incremento de la población sin empleo. Esta realidad afecta tanto a las personas que se encuentran en desempleo como a aquellos trabajadores que no han tenido el reciclaje, los conocimientos y aptitudes que le son demandados por las empresas.

Por ello, desde la Junta de Castilla y León se continuará reforzando la materialización de los programas recogidos en la Estrategia Integrada y claro ejemplo de ello es el Plan de Estímulos para el crecimiento y el empleo 2015, rubricado el 30 de diciembre de 2014,

que potencia entre las medidas destinadas a mejorar la empleabilidad de los trabajadores, la formación con compromiso de contratación.

La finalidad del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación es ofrecer una formación especializada y adecuada a los nuevos puestos de trabajo creados por empresas instaladas o de nueva implantación en nuestra Comunidad, teniendo en cuenta que el objetivo prioritario de las acciones formativas es la inserción o reinserción laboral de los trabajadores desempleados en aquellos empleos que requiere el sistema productivo.

Así, el incentivo de esta formación se concreta en combinar la incorporación al empleo con la adquisición de conocimientos, habilidades y aptitudes necesarias para la empleabilidad.

La oferta de formación que se proponga, deberá tener en cuenta las previsiones normativas recogidas en la reciente Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Asimismo, en la medida que dicha formación se dirija a la obtención de certificados de profesionalidad deberá tener en cuenta la regulación que de los mismos se hace en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regula los certificados de profesionalidad y en la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, que lo desarrolla, así como en la Orden EYE/867/2013, de 22 de octubre, por la que se crea el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables expedidas en Castilla y León y se establece el procedimiento de expedición e inscripción.

La presente convocatoria de subvenciones se realiza al amparo de la Orden EYE/590/2014, de 1 de julio por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación modificada por la Orden EMP/819/2015, de 29 de septiembre.

La imposibilidad de disponer de crédito presupuestario, adecuado y suficiente, para la financiación de las subvenciones establecidas en el presente programa que tengan como beneficiarios a entidades sin ánimo de lucro, determina que la presente convocatoria se efectúe solo para entidades con ánimo de lucro.

Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta las reglas contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de la Comunidad de Castilla y León, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León y la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Apartado primero.- Objeto.

Convocar para el año 2015 subvenciones, en régimen de concesión directa, que tienen por finalidad la financiación de actuaciones dirigidas a la mejora de la empleabilidad de la población castellano y leonesa, mediante la adquisición de un nivel de cualificación profesional adaptado a las demandas empresariales, a través de la realización de acciones específicas de formación profesional para el empleo, desarrolladas por empresas, instaladas

en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, asumiendo las mismas el compromiso de contratación de un porcentaje de las personas programadas en aquellas, al amparo del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación.

Apartado segundo.- Régimen jurídico.

Las subvenciones convocadas en este programa se ajustarán a lo establecido por:

* La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

* Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

* La Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

* La Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras (letra i) del artículo 33.1).

* La Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Empleo 2012-2015.

* El Plan de Estímulos para el Crecimiento y el Empleo de 30 de diciembre de 2014.

* La Orden EYE/590/2014, de 1 de julio («B.O.C. y L.» de 7 de julio de 2014), por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de formación profesional específica con compromiso de contratación modificada por la Orden EMP/819/2015, de 29 de septiembre («B.O.C. y L.» de 5 de octubre de 2015).

* Y la demás normativa de general y pertinente aplicación.

Apartado tercero.- Aplicaciones presupuestarias.

  1. - Las aplicaciones presupuestarias y los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en el presente programa, serán los aprobados en la Ley 11/2014 de 22 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015 y los que a tal efecto se aprueben en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2016. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

  2. - La financiación se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias que a continuación se detallan:

    2015

    08.23.241B02.77076

    50.000.- €

    2016

    08.23.241B02.77076

    1.000.000.- €

  3. - A la financiación de la presente convocatoria podrá añadirse una cuantía adicional máxima del 100%, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008 de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, cuando sea preciso reforzar las actuaciones inicialmente previstas con la finalidad de ampliar las

    posibilidades de cualificación profesional de los destinatarios y consiguientemente lograr una disminución del desempleo, y cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de nueva convocatoria siempre que se produzca antes de la resolución de aquella. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

  4. - Las subvenciones objeto de la presente convocatoria estarán sujetas, según corresponda, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los términos establecidos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o al Impuesto sobre Sociedades en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades; y no resulta aplicable ningún régimen de retención.

    Apartado cuarto.- Acciones subvencionables.

    Serán subvencionables al amparo de este programa las...

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