RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se establecen las directrices para la elaboración de los planes anuales de actividades de las áreas de inspección educativa de las direcciones provinciales de educación para el curso académico 2016/2017.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyResolución

La Orden EDU/74/2016, de 5 de febrero, por la que se aprueba el Plan de Actuación de la Inspección Educativa en Castilla y León para los cursos 2015-2016 y 2016-2017 prevé, en su apartado primero.2, que anualmente la dirección general competente en materia de inspección educativa, establecerá las directrices para la elaboración de los planes anuales de actividades de las áreas de inspección educativa de las direcciones provinciales de educación.

Según se establece en el apartado segundo de la disposición final quinta de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, durante el curso 2016-2017 se implantarán las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones de Educación Secundaria Obligatoria en los cursos segundo y cuarto.

En el apartado tercero de esta misma disposición final, indica que durante el curso 2016-2017 se implantarán las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones de Bachillerato para el segundo curso.

Por este motivo las actuaciones prioritarias de la Inspección Educativa durante el curso 2016/2017 se centrarán en el asesoramiento a los centros y en la supervisión de la implantación de todos los aspectos relacionados con las enseñanzas citadas.

En consecuencia, y en virtud de las competencias y funciones atribuidas mediante el Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Establecer las directrices para la elaboración de los planes anuales de actividades de las áreas de inspección educativa de las direcciones provinciales de educación para el curso académico 2016/2017, que se recogen en el Anexo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 30 de septiembre de 2016.

El Director General de Política Educativa Escolar, Fdo.: Á ngel M iguel V ega S antoS

ANEXO

DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES ANUALES DE ACTIVIDADES DE LAS ÁREAS DE INSPECCIÓN EDUCATIVA

DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES DE EDUCACIÓN PARA EL CURSO ACADÉMICO 2016/2017

Los planes anuales de actividades de las áreas de inspección educativa correspondientes al curso 2016/2017 se elaborarán según las indicaciones que se establecen en el apartado segundo de la Orden EDU/74/2016, de 5 de febrero por la que se aprueba el Plan de Actuación de la Inspección Educativa de Castilla y León para los cursos 2015-2016 y 2016-2017.

Cada dirección provincial de educación remitirá el plan anual de actividades del área de inspección educativa con anterioridad al 30 de octubre de 2016 a la Dirección General de Política Educativa Escolar.

ACTUACIONES DE LAS ÁREAS DE INSPECCIÓN EDUCATIVA

  1. - Actuaciones ordinarias.

    1.1. Las actuaciones ordinarias son aquellas que la inspección educativa realiza de modo habitual en el ejercicio de las funciones de asesoramiento, supervisión y control establecidos en el artículo 2 del Decreto 92/2004, de 29 de julio, por el que se regula la Inspección Educativa en Castilla y León. Dichas actuaciones se establecen en el punto 2.1 del anexo de la Orden EDU/74/2016, de 5 de febrero, por la que se aprueba el Plan de Actuación de la Inspección Educativa de Castilla y León para los cursos 2015-2016 y 2016-2017.

    Sin perjuicio de otras actuaciones que deban realizarse en el ámbito de las funciones de la inspección educativa, durante el curso 2016-2017, las actuaciones ordinarias serán las siguientes:

    TEMPORALIZACIÓN

    CENTROS

    ACTUACIONES

    1. trimestre

    2. trimestre

    3. trimestre

    Público

    Concertado

    Privado

    1. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS, PROGRAMAS Y SERVICIOS

    I.1 Calendario y puesta en marcha del curso escolar

  2. Supervisar la puesta en marcha del curso y controlar el cumplimento del calendario escolar.

    X

    X

    X

    X

    X

    X

  3. Informar

    las

    solicitudes

    de

    modificación

    calendario escolar de los centros.

    del

    X

    X

    X

    X

  4. Informar sobre incidencias en el funcionamiento de los centros: huelgas, inclemencias meteorológicas, etc.

    X

    X

    X

    X

    X

    TEMPORALIZACIÓN

    CENTROS

    ACTUACIONES

    1. trimestre

    2. trimestre

    3. trimestre

    Público

    Concertado

    Privado

    I.2 Organización y funcionamiento de los centros

  5. Supervisar el proyecto educativo y su aplicación en lo referido a: reglamento de régimen interior, plan de acción tutorial, plan de convivencia (con especial atención a los procedimientos de acuerdo abreviado aplicados

    en

    conductas

    calificadas

    como

    gravemente perjudiciales), plan de atención a la diversidad.

    X

    X

    X

    X

    X

  6. Supervisar la programación general anual.

    X

    X

    X

    X

  7. Supervisar

    la

    los centros.

    memoria

    de

    final

    de

    curso

    de

    X

    X

    X

  8. Supervisar las actuaciones de prevención e intervención en situaciones de posible intimidación y acoso entre el alumnado («bullying»).

    X

    X

    X

    X

    X

  9. Validar el alumnado con necesidad especifica

    ATDI).

    de

    apoyo

    educativo

    (Aplicación

    X

    X

    X

    X

    X

    X

  10. Supervisar datos de alumnado y grupos en centros públicos (Aplicación ALGR).

    X

    X

    X

    X

  11. Control de grupos autorizados y ratios de materias y grupos.

    X

    X

    X

  12. Informar las nuevas solicitudes de jornada escolar continua.

    X

    X

    X

  13. Supervisar el periodo de adaptación del alumnado que se incorpora a educación infantil.

    X

    X

    X

  14. Informar sobre autorización del servicio de comedor escolar.

    X

    X

  15. Supervisar y realizar el seguimiento de los expedientes sancionadores incoados al alumnado.

    X

    X

    X

    X

    X

    I.3 Órganos colegiados del centro docente

  16. Supervisar el funcionamiento de los órganos colegiados de participación en el gobierno de los centros.

    X

    X

    X

    X

    X

  17. Supervisar y asesorar la renovación y constitución de consejos escolares.

    X

    X

    X

  18. Supervisar las propuestas de nombramiento de jefes de departamento y cargos directivos.

    X

    X

  19. Supervisar el funcionamiento de los órganos de coordinación docente.

    X

    X

    X

    X

  20. Supervisar las medidas y actuaciones para promover la igualdad entre hombres y mujeres y prevención de la violencia de género.

    X

    X

    X

    X

    X

    X

    TEMPORALIZACIÓN

    CENTROS

    ACTUACIONES

    1. trimestre

    2. trimestre

    3. trimestre

    Público

    Concertado

    Privado

    I.4 Personal del centro docente

  21. Supervisar los partes mensuales de faltas de asistencia del profesorado en centros públicos y servicios de apoyo educativo.

    X

    X

    X

    X

  22. Supervisar e informar el horario del profesorado, con especial atención al del profesorado itinerante.

    X

    X

  23. Comunicar los horarios de maestros que imparten 1.º y 2.º curso de educación secundaria obligatoria.

    X

    X

  24. Supervisar los requisitos del profesorado necesarios para la implantación de enseñanzas en centros de otras administraciones distintas de la educativa.

    X

    X

  25. Informar para la cobertura de bajas del profesorado.

    X

    X

    X

    X

  26. Coordinador de convivencia: supervisión de las funciones desempeñadas, informe sobre la autorización de la dedicación horaria.

    X

    X

  27. Procedimiento de reconocimiento de la especialidad de educación primaria: visto

    bueno

    prestados.

    del

    certificado

    de

    servicios

    X

    X

    I.5 Otros centros y servicios

  28. Supervisar la organización y funcionamiento de los servicios educativos de apoyo externo a los centros educativos.

    X

    X

    X

    X

    I.6 Planes, programas y opciones educativas

  29. Supervisar la aplicación del programa de doble titulación Bachillerato-Baccalauréat.

    X

    X

    X

    X

  30. Supervisar e informar la aplicación de lo dispuesto para el desarrollo del Bachillerato de Investigación/Excelencia.

    X

    X

    X

  31. Equipo de apoyo externo a los planes de formación permanente del profesorado.

    X

    X

    X

    X

    X

  32. Supervisar e informar sobre los diversos proyectos del programa Aula-Empresa Castilla y León.

    X

    X

    X

    1. ORDENACIÓN ACADÉMICA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS

  33. Supervisar el cumplimiento de planes de estudio de todas las enseñanzas.

    X

    X

    X

    X

    X

  34. Supervisar las programaciones didácticas.

    X

    X

    X

    X

    X

    TEMPORALIZACIÓN

    CENTROS

    ACTUACIONES

    1. trimestre

    2. trimestre

    3. trimestre

    Público

    Concertado

    Privado

  35. Supervisar las guías académicas de los centros de enseñanzas artísticas superiores.

    X

    X

  36. Primer ciclo de educación infantil: supervisar la propuesta pedagógica, cumplimiento de la ratio alumnado/unidad y de los requisitos de los profesionales.

    X

    X

    X

    X

    X

  37. Supervisar los procesos de evaluación, los criterios de promoción y/o titulación del alumnado en todas las enseñanzas.

    X

    X

    X

    X

    X

    X

  38. Supervisar la cumplimentación y el archivo

    de

    evaluación.

    los

    documentos

    oficiales

    de

    X

    X

    X

    X

    X

    X

  39. Supervisar la elaboración, aplicación, seguimiento y evaluación de adaptaciones curriculares

    significativas.

    X

    X

    X

    X

    X

    X

  40. Informar el segundo curso del programa de

    diversificación

    curricular

    de alumnado repetidor.

    y

    la

    propuesta

    X

    X

    X

    X

    X

  41. Informar el programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento y la propuesta de incorporación de alumnado.

    X

    X

    X

    X

    X

  42. Supervisar la aplicación de medidas especializadas y extraordinarias de los planes de atención a la diversidad.

    X

    X

    X

    X

    X

    X

  43. Informar los proyectos de autonomía elaborados por los centros para su aprobación por la dirección provincial de educación.

    X

    X

    X

    X

  44. Informar autorización estudios de bachillerato en régimen a distancia.

    X

    X

  45. Analizar y supervisar los resultados académicos.

    X

    X

    X

    X

    X

  46. Informar las reclamaciones contra calificaciones.

    X

    X

    X

    X

    X

  47. Supervisar los libros de texto y otros materiales.

    X

    X

    X

    X

  48. Informar solicitudes de cambios de libro de texto.

    X

    X

    X

  49. Visado de propuestas de títulos académicos.

    X

    X

    X

    X

    X

  50. Informar solicitudes de autorización de materias

    de

    libre

    configuración

    autonómica

    en educación...

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