RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2019, del Rectorado de la Universidad de Burgos, por la que se ordena la publicación de la Normativa de evaluación por compensación curricular en titulaciones de Grado y Máster de la Universidad de Burgos.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyResolución

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos, en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2019, aprobó la Normativa de evaluación por compensación curricular en titulaciones de Grado y Máster de la Universidad de Burgos.

La Disposición Final de la Normativa establece que entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Por tal motivo, este Rectorado ha resuelto ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la Normativa de evaluación por compensación curricular en titulaciones de Grado y Máster de la Universidad de Burgos.

Burgos, 26 de marzo de 2019.

El Rector,

Fdo.: M anuel P érez M ateos

NORMATIVA DE EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN CURRICULAR EN TITULACIONES DE GRADO Y MÁSTER

La existencia de la evaluación por compensación curricular pretende resolver situaciones académicas particulares en las que la no superación de una asignatura esté impidiendo o demorando desproporcionadamente la obtención de un título oficial en aquellos casos en los que la trayectoria del estudiante en la titulación esté muy avanzada y permita valorar sus competencias de manera global.

La normativa de la Universidad de Burgos a este respecto para las enseñanzas reguladas por normativas anteriores al R.D. 1393/2007 fue aprobada por el Consejo de Gobierno del 29 de julio de 2003. Por ello, es conveniente regular la compensación curricular en los grados y másteres universitarios en el ámbito del desarrollo del nuevo marco de enseñanzas dispuesto en el Espacio Europeo de Educación Superior. Al respecto, la Ley Orgánica de Universidades (Ley 6/2001 de 21 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril establece en su artículo 2.2.f. que, en el marco de la definición de la autonomía de las universidades, éstas podrán regular «la admisión, régimen de permanencia y verificación de conocimientos de los estudiantes».

Asimismo, el artículo 23.5 del R.D. 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, dispone que las universidades, en el marco de libertad académica que tienen reconocida, podrán establecer mecanismos de compensación por materia y formar tribunales que permitan enjuiciar, en conjunto, la trayectoria académica y la labor realizada por el estudiante y decidir se está en posesión de los suficientes conocimientos y competencias que le permitan obtener el título académico al que opta.

La evaluación por compensación curricular se justifica por varias razones:

En primer lugar, la existencia de cambios importantes en el concepto y la finalidad de la educación universitaria. Actualmente, la obtención de un título universitario no supone el abandono de la formación universitaria ya que la renovación de conocimientos es ineludible, siendo necesaria la educación permanente, tal y como reconoce la Ley Orgánica antes mencionada.

En segundo lugar, las razones de eficacia y responsabilidad de la Universidad, que tiene la obligación de obtener el máximo rendimiento de los recursos...

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