RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2015, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se modifica la Resolución de 18 de agosto de 2015 por la que se convocan subvenciones en el Programa de Orientación, Formación e Inserción para el año 2015.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

Mediante Resolución de 18 de agosto de 2015, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, modificada mediante Resolución de 8 de octubre de 2015, se convocaron subvenciones para el año 2015 en el programa de orientación, formación e inserción («B.O.C. y L.» n.º 162, de 21 de agosto de 2015).

El Programa de orientación, formación e inserción en su apartado tercero, establece que las aplicaciones presupuestarias y los créditos destinados a financiar las subvenciones establecidas en el presente programa, son los aprobados en la Ley 11/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015 y los que a tal efecto se aprueben en la Ley de Presupuestos Generales para el año 2016. Se regula a su vez que la distribución de la cuantía total máxima del crédito asignado a esta convocatoria entre los diferentes créditos presupuestarios tiene carácter estimativo, por lo que la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria.

En el programa mencionado existen dos tipos de beneficiarios que ejecutarán las acciones con crédito procedente de aplicaciones diferentes. Dado que el importe de las subvenciones solicitadas por entidades sin ánimo de lucro hará que no se ejecute la totalidad del crédito previsto en la aplicación 0823.241B02.780A3, se modifica el apartado tercero distribuyendo de nuevo los créditos, para que el sobrante existente en la aplicación mencionada se ejecute en la aplicación 0823.241B02.77076, una vez realizadas las modificaciones presupuestarias necesarias.

Por otra parte, mediante la Orden EMP/912/2015, de 22 de octubre, se modifica la Orden EMP/669/2015 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para este programa y se determina que dichas ayudas no tendrían la consideración de «ayudas de Estado», no estando sujetas a la obligación de notificación ni de acogerse al régimen de exención por categorías o al régimen de «mínimis», por lo que no se estaría incumpliendo la normativa europea en materia de competencia, ni la concesión de las ayudas requeriría pronunciamiento alguno por parte de la Comisión Europea.

En consecuencia, teniendo en cuenta las normas de carácter general y económico aplicables a este régimen de subvenciones y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 10/2003, de 8 de abril, de Creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León

y la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y Administración...

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