RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2013/2014, de puestos en las secciones bilingües y lingüísticas de determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación.

SecciónIII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

La Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, reguló la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, definiéndolas en su artículo 1.2 como centros, que una vez autorizados, utilicen un idioma extranjero para la enseñanza de contenidos de determinadas áreas o materias no lingüísticas. En concreto y conforme al artículo 2.2 de la citada orden, podrán impartirse en el idioma específico de la sección bilingüe contenidos correspondientes a un mínimo de dos disciplinas no lingüísticas y un máximo de tres.

En su desarrollo se han autorizado, mediante órdenes anuales, la creación de secciones bilingües en diversos centros sostenidos con fondos públicos.

Por otro lado, mediante la Orden EDU/884/2004, de 8 de junio, se han creado las secciones lingüísticas de lengua inglesa en diversos Institutos de Educación Secundaria, en los que se impartirá el currículo integrado previsto en el Convenio de suscrito entre el Ministerio de Educación y Ciencia y The British Council, recientemente actualizado con fecha 18 de abril de 2013, con la finalidad de permitir a sus alumnos la obtención simultánea, al finalizar la educación obligatoria, de los títulos académicos de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Para el desarrollo de estas actuaciones y con el objeto de proceder a la cobertura de puestos con profesorado con competencia lingüística contrastada en el idioma correspondiente, y de conformidad con la disposición final primera de la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero y el artículo 8 del Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación

RESUELVO

Primero.- Objeto.

La presente resolución tiene por objeto convocar concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios, durante el curso 2013/2014, de los puestos vacantes

de las siguientes secciones bilingües y lingüísticas de determinados centros docentes públicos de enseñanzas no universitarias de la Consejería de Educación:

  1. Secciones bilingües relacionadas en el Anexo I en los idiomas inglés, francés y alemán y en las especialidades en él señaladas.

  2. Secciones lingüísticas relacionadas en el Anexo II en el idioma inglés, y en las especialidades en él señaladas.

    Segundo.- Participantes.

    2.1. Los funcionarios docentes de carrera o en prácticas no incluidos en el apartado 2.3, que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

  3. Pertenecer al cuerpo de maestros, catedráticos de enseñanza secundaria o profesores de enseñanza secundaria.

  4. Para los participantes de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, ser titular de alguna de las especialidades señaladas en los Anexos I y II, según se trate de provisión de puestos en las secciones bilingües o en las secciones lingüísticas de centros públicos de educación secundaria de la Consejería de Educación, respectivamente. Asimismo, deberán estar en posesión de la acreditación de la competencia lingüística para impartir una de las especialidades no lingüísticas relacionadas en los Anexos I y II en el idioma correspondiente, obtenida en aplicación de las Resoluciones de 23 de octubre de 2009, 11 de noviembre de 2010, de 14 de noviembre de 2011 y de 29 de octubre de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por las que se convocó la acreditación de la competencia lingüística en lengua extranjera del profesorado funcionario e interino de los cuerpos de maestros, catedráticos y profesores de educación secundaria y profesores técnicos de formación profesional («Boletines Oficiales de Castilla y León» de 3 de noviembre de 2009, de 24 de noviembre de 2010, de 16 de noviembre de 2011, y 8 de noviembre de 2012, respectivamente).

  5. Para los pertenecientes al cuerpo de maestros, poseer la habilitación en el idioma correspondiente al puesto al que se opta y tener el dominio de dicha lengua extranjera equivalente al nivel B2 o superior del marco común europeo de referencia para las lenguas (MCERL) por haber obtenido la acreditación de la competencia lingüística en ese idioma mediante las Resoluciones de 14 de noviembre de 2011 y de 29 de octubre de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos («Boletines Oficiales de Castilla y León» de 16 de noviembre de 2011, y 8 de noviembre de 2012, respectivamente), o a través de la Orden de 11 de julio de 2012, de la Consejería de Educación por la que se resuelve la primera fase del procedimiento extraordinario de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/344/2012, de 18 de mayo.

  6. No tener concedida adscripción a una plaza docente en el exterior para el curso 2013/2014 o una comisión de servicios, incluida la derivada de la

    Resolución de 15 de mayo de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocó concurso de méritos para la provisión de este tipo de puestos, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga prevista en el apartado 2.3.

  7. No obtener destino definitivo en un puesto de estas características en los concursos de traslados, de ámbito estatal, convocados por las Órdenes EDU/857/2012 y EDU/858/2012, ambas de 17 de octubre, en los diversos cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias.

  8. Estar, por el cuerpo que se participe, en situación administrativa de servicio activo o asimismo en situación de servicios especiales por el desempeño de puestos como profesores visitantes en centros escolares de Estados Unidos o Canadá durante el curso académico 2012/2013.

    2.2. Todos los requisitos enumerados anteriormente, deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, salvo la adscripción al exterior y la obtención de destino indicadas en el punto d) y e) del apartado 2.1, que se entenderán referidos a 31 de agosto de 2013 y a las resoluciones definitivas de los concursos citados, respectivamente.

    2.3. Quienes actualmente estén desempeñando en comisión de servicios puestos de estas características derivados de la adjudicación definitiva del concurso de méritos convocado por la Resolución de 15 de mayo de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos, y con el objeto de garantizar la continuidad pedagógica del alumnado, al cumplimentar la solicitud que figura como Anexo III podrán solicitar la correspondiente prórroga para el curso 2013/2014 de la comisión de servicios concedida para desempeñar el mismo puesto, rellenando el apartado 5 de la misma, estando supeditada su concesión a alguno de los siguientes supuestos:

  9. La continuidad del puesto derivada de necesidades educativas,

  10. La no cobertura del mismo mediante concurso de traslados,

  11. La inexistencia de informe desfavorable relativo al desempeño de las funciones encomendadas.

    En caso de emitirse informe desfavorable por el director del centro o por el área de la inspección educativa de la dirección provincial de educación, que deberá estar suficientemente motivado, se dará traslado del mismo al interesado con el fin de efectuar las correspondientes alegaciones en el plazo de cinco días hábiles. Dicho informe junto con las alegaciones, será remitido al titular de dirección provincial de educación para su resolución en el plazo de cinco días hábiles. Si la resolución fuese confirmatoria del informe desfavorable supondrá la imposibilidad de desempeñar funciones en este tipo de puestos durante dos cursos escolares. Contra esta resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el correspondiente Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León.

    Quienes soliciten la citada prórroga y en previsión de no poder continuar en el puesto asignado para el curso 2013/2014 por necesidades de planificación educativa al no existir la necesidad de cobertura de dicho puesto en el correspondiente centro o por haber sido cubierto por concurso de traslados, podrán hacer uso de la petición de centros señalada

    en el apartado 3.3, al objeto de poder adjudicarles, antes que el resto de participantes indicados en el apartado 2.1, un nuevo destino vacante del mismo tipo de puesto que tenían asignado.

    En el caso de existir varios participantes en la situación descrita anteriormente se les adjudicará destino conforme a los criterios de prioridad establecidos en el apartado sexto.

    No podrán optar a la mencionada prórroga quienes obtengan destinos definitivos en puestos de estas características mediante los concursos de traslados, de ámbito estatal, convocados por las Órdenes EDU/857/2012 y EDU/858/2012, ambas de 17 de octubre, en los diversos cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias.

    Tercero.- Solicitudes.

    3.1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar y presentar una única solicitud conforme al modelo del Anexo III, que se encuentra disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León ( http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es ), en el portal de educación de la Junta de Castilla y León ( http://www.educa.jcyl.es ), y en la oficinas generales, en la departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de información y atención al ciudadano de esta Administración.

    3.2. La mencionada solicitud se dirigirá a la Ilmo. Sr. Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (Avda. de Monasterio de Nuestra Sra. de Prado s/n, 47014 Valladolid), y podrá presentarse, junto con la documentación a que se refiere el apartado siguiente, por uno de estos medios:

  12. De manera presencial, preferentemente en los registros de las direcciones provinciales de educación o en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR