ORDEN MAM/998/2006, de 9 de junio, por la que se establece la cuantía económica de la venta de las reses en vivo y se actualizan las cuantías de las cuotas de entrada y cuotas complementarias de los permisos de caza en las Reservas Regionales de Caza de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/998/2006, de 9 de junio, por la que se establece la cuantía económica de la venta de las reses en vivo y se actualizan las cuantías de las cuotas de entrada y cuotas complementarias de los permisos de caza en las Reservas Regionales de Caza de Castilla y León.

El Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV 'De los terrenos', de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, establece en su artículo 14 el régimen económico de las Reservas Regionales de Caza y señala que tendrán la consideración de ingresos, el importe de los permisos de caza, la venta de reses vivas o muertas, así como cualquier otro producto procedente de las mismas.

Por Orden MAM/1253/2005, de 22 de septiembre, se reguló el ejercicio de la caza en las Reservas Regionales de Caza de Castilla y León. Su artículo 13 dispone que la cuantía económica de la venta de las reses en vivo será única y se establecerá en función de las especies y características de los animales. En su artículo 14 se recoge que la cuantía económica de los permisos de caza se fraccionará en dos partes. La cuota de entrada, cuyo abono será requisito previo a la expedición del permiso e independiente del resultado de la cacería y la cuota complementaria, cuya cuantía se establecerá en función de la modalidad de caza y del resultado de la cacería.

Mediante Orden de 11 de febrero de 1999 de la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se establecieron las cuantías de las cuotas de entrada y cuotas complementarias correspondientes a los permisos de caza de las Reservas Regionales de Caza de Castilla y León.

El tiempo transcurrido desde que se fijaron las citadas cuotas ha dado lugar a un cierto desfase entre su importe y el valor real que los permisos de caza alcanzan en los mercados cinegéticos, por lo que resulta conveniente su actualización. Asimismo, se estima que es necesario establecer la cuantía económica de la venta de las reses en vivo.

Por ello, entendiendo que es función de la Administración Autonómica establecer los mecanismos para que los ingresos de los propietarios de los terrenos que integran las Reservas Regionales de Caza de Castilla y León se acerquen de forma paulatina a su máxima potencialidad,

DISPONGO:

Artículo único Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer la cuantía económica de la venta de las reses en vivo y actualizar los importes de las cuotas de entrada y las cuotas complementarias de los permisos de caza de las Reservas Regionales de Caza de Castilla y León conforme a lo indicado en los Anexos I y II.

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