ORDEN AYG/333/2008, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la compra de ganado bovino, ovino y caprino que tenga por objeto la reposición de las reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/333/2008, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la compra de ganado bovino, ovino y caprino que tenga por objeto la reposición de las reses como consecuencia de su sacrificio en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes.

El Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los Programas Nacionales de erradicación de enfermedades de los animales, ('B.O.E.' n.º 307, de 21 de diciembre), dispone que la ejecución de estos programas es competencia de cada Comunidad Autónoma.

En la Comunidad de Castilla y León se han regulado los programas de erradicación mediante la Orden AYG/162/2004, de 9 de febrero, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se establecen las normas que han de regular la ejecución de las campañas de saneamiento ganadero para la erradicación de la tuberculosis y brucelosis en el ganado de la especie bovina y de la brucelosis en el de las especies ovina y caprina, así como el control de la leucosis y la perineumonía bovinas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 33, de 18 de febrero). En el caso de la tuberculosis caprina, sus normas específicas vienen establecidas en la Orden de 29 de abril de 2002, de la Consejería de Agricultura y Ganadería ('B.O.C. y L.' n.º 90, de 14 de mayo).

Por otra parte, el Reglamento (CE) n.º 999/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo, el Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales ('B.O.E.' n.º 307, de 23 de diciembre), y la Orden APA/3187/2003, de 10 de noviembre, establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles.

El marco normativo anteriormente expuesto dispone el sacrificio obligatorio de los animales reaccionantes positivos a cada una de las enfermedades objeto de campaña de saneamiento ganadero, así como el sacrificio y destrucción de los rumiantes que la autoridad competente en materia de sanidad animal considere que pueden haber estado expuestos al agente etiológico de las encefalopatías espongiformes transmisibles.

Igualmente el Reglamento General de Sanidad Animal de Castilla y León, aprobado por el Decreto 266/1998, de 17 de diciembre ('B.O.C. y L.' n.º 243, de 21 de diciembre), establece en su artículo 123 que la Consejería de Agricultura y Ganadería puede determinar el sacrificio obligatorio de los animales como método de control y erradicación de enfermedades por su especial gravedad o poder de difusión, o como consecuencia de programas de vigilancia, control y/o erradicación de enfermedades de rumiantes, aprobados por la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.

El sacrificio de gran número de animales como consecuencia de estas actuaciones puede comprometer la viabilidad económica de estas explotaciones y por ello la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León ('B.O.C. y L.' n.º 102, de 27 de mayo), dispone que podrán establecerse incentivos para favorecer la reposición del ganado sacrificado obligatoriamente.

Las ayudas establecidas en la presente Orden tienen como objetivo final incrementar y apoyar la competitividad...

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