ORDEN SAN/1581/2005, de 10 de noviembre, por la que se resuelve renovar la autorización de funcionamiento para la extracción de órganos de donantes fallecidos en el «Hospital Nuestra Señora de Sonsoles», de Ávila.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/1581/2005, de 10 de noviembre, por la que se resuelve renovar la autorización de funcionamiento para la extracción de órganos de donantes fallecidos en el 'Hospital Nuestra Señora de Sonsoles', de Ávila.

Vista la solicitud de renovación de la autorización sanitaria de funcionamiento para la extracción de órganos de donantes fallecidos en el 'Hospital Nuestra Señora de Sonsoles', ubicado en la Avda. Juan Carlos I, s/n, de la localidad de Ávila.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Primero. Con fecha 5 de agosto de 2005, D.' Nuria López Cabeza, en calidad de Gerente del 'Hospital Nuestra Señora de Sonsoles', perteneciente al Complejo Asistencial de Ávila, y del que es titular la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ha presentado en el Registro Único de la Consejería de Sanidad y Gerencia Regional de Salud solicitud de renovación de la autorización sanitaria de funcionamiento para la extracción de órganos de donantes fallecidos en el 'Hospital Nuestra Señora de Sonsoles', ubicado en la Avda. Juan Carlos I, s/n, de la localidad de Ávila.

Segundo. Acompañando a la solicitud se ha presentado la documentación establecida en el Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos.

Tercero. Con fecha 07 de noviembre de 1997 se concedió la renovación de la autorización de funcionamiento para esta actividad.

Cuarto. Con fecha 30 de enero de 2002 se concedió, por Orden del Consejero de Sanidad y Bienestar Social, la autorización de funcionamiento para el Centro.

Quinto. El expediente se completa el informe técnico emitido al respecto por el Coordinador Autonómico de Trasplantes y con el informepropuesta favorable del Jefe de Servicio de Control y Evaluación de Centros y Actividades Sanitarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. El artículo 33.1.b de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, establece la exigencia de autorización administrativa de funcionamiento para los Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios y Sociosanitarios, de cualquier nivel, categoría o titularidad.

Segundo. El Real Decreto 2070/1999, de 30 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos, establece las condiciones y requisitos que han de cumplir los centros sanitarios para la obtención y utilización de órganos humanos.

Estas autorizaciones serán renovadas cada 5 años según lo previsto en el...

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