ORDEN MAM/369/2005, de 4 de febrero, por la que se dispone la renovación de dos becas de formación en materia de acceso a la información ambiental.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/369/2005, de 4 de febrero, por la que se dispone la renovación de dos becas de formación en materia de acceso a la información ambiental.

Primero. Mediante Orden MAM/1525/2003, de 17 de noviembre, ('B.O.C. y L.' n.º 231, de 27 de novi embre), se convocaron tres becas de formación en materia de información y documentación ambiental.

Por Orden MAM/263/2004, de 2 de marzo, se resolvió la concesión de las citadas becas.

La base sexta de la Orden de 17 de noviembre de 2003, contempla la posibilidad de renovación de las becas por períodos anuales, siempre que los beneficiarios acrediten el aprovechamiento de la beca y exista dotación económica para ello.

Al haberse acreditado el aprovechamiento de la beca y existiendo dotación económica para el año 2005, procede renovar dos de las becas concedidas.

Segundo. El artículo 57 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece en suprimer párrafo la eficacia inmediata de los actos administrativos 'desde el momento en que se dicten', salvo que en ellos se establezca otra cosa. En su párrafo segundo contempla la posibilidad de la eficacia demorada y en su párrafo tercero la posibilidad de que el acto tenga efectos retroactivos.

De este modo, el artículo recoge una regla general de eficacia inmediata de los actos y unas excepciones de eficacia demorada y eficacia retroactiva.

El artículo 57.3 de la Ley 30/1992, señala que 'Excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando se dicten en sustitución de actos anulado, y, asimismo, cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto, y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas'.

En este caso concurren los presupuestos obligatorios para conferir eficacia retroactiva a la presente Orden ya que, además de producir efectos favorables a los interesados y no lesionar derechos o intereses legítimos de otras personas, el 1 de enero de 2005, fecha a la que se retrotrae la eficacia de esta Orden, se daban los supuestos de hecho necesarios.

Por lo...

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