ORDEN PRE/210/2009, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de periodismo y comunicación.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia
Rango de LeyOrden

ORDEN PRE/210/2009, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de periodismo y comunicación.

La Consejería de la Presidencia conforme a lo previsto en el Decreto 68/2007, de 12 de julio, tiene atribuidas las competencias en materia de política de comunicación de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y las relaciones de ésta con los medios de comunicación.

En el ejercicio de estas funciones se considera conveniente fomentar, mediante becas, la formación práctica de titulados universitarios en periodismo, publicidad y relaciones públicas, y en comunicación audiovisual, como complemento a su formación académica.

De conformidad con el artículo 4 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, se ha aprobado, mediante Orden de 20 de enero de 2009, de la Consejería de la Presidencia, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de la Presidencia para el año 2009.

En su virtud, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de Septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León DISPONGO:

Artículo único Aprobación de bases.

Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de periodismo y comunicación que se incorporan como Anexo a la presente Orden.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Se deroga la Orden PRE/1914/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las becas de periodismo.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 5 de febrero de 2009.

El Consejero de la Presidencia,

Fdo.: JOSÉ ANTONIO DE SANTIAGO-JUÁREZ LÓPEZ ANEXO BASES REGULADORAS Base primera. Objeto.

El objeto de las becas de periodismo y comunicación es facilitar a titulados universitarios oficiales en periodismo, publicidad y relaciones públicas, y comunicación audiovisual la realización de formación práctica en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Base segunda. Régimen jurídico.

Las becas de periodismo y comunicación están sometidas a los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y a lo establecido en las presentes bases.

Base tercera. Beneficiarios.

  1. Podrán ser beneficiarios de las becas que se convoquen al amparo de la presente Orden, aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Tener cumplidos 18 años.

    2. No padecer enfermedad, ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo normal de la actividad.

    3. No estar incurso en ninguno de los supuestos de prohibición previstos en el artículo 13.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre,

      General de Subvenciones.

    4. Estar en...

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