Decreto 133/2003, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyDecreto

DECRETO 133/2003, de 20 de noviembre, por el que se crea y regula la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer.

La Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres en Castilla y León tiene por objeto regular el marco jurídico de actuación en orden a fomentar la igualdad de la mujer mediante medidas de acción positiva para la corrección de desigualdades por razón de género y entre sus objetivos incluye:'Prestar atención integral a las mujeres con problemas de violencia de género...'.

El III Plan Integral de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León (2001-2005) incluye en su tercer objetivo:

'Potenciar la aplicación de los derechos humanos específicos de la mujer respecto a la lucha contra la violencia...'.

La Junta de Castilla y León desar rolla este objetivo en el Plan Contr a la Violencia hacia la Mujer en Castilla y León, 2002-2005, que orienta sobre las medidas y acciones positivas en esta materia que se desarrollarán en nuestra Comunidad Autónoma.

A través del presente Decreto se pretende implicar a las instituciones en la adopción y coordinación de medidas de acción positiva contra esta lacra social y dar cumplimiento a la Disposición Adicional Primera de la Ley mencionada, que prevé la creación, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, de una Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer en la que estarán representados todos los sectores implicados.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejer a de Familia e Igualdad de Oportunidades y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 20 de noviembre de 2003

DISPONE:

Artículo 1 Objeto y naturaleza.

Se crea la Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer, como órgano colegiado de coordinación, adscrita orgánica y funcionalmente a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Artículo 2 Finalidad.

La Comisión Regional contra la Violencia hacia la Mujer tiene por fi n a l idad principal la erradicación de la violencia doméstica, así como la de todo acto de violencia ejercido contra la mujer y basado en el género , que tenga como resultado posible o real un daño físico, s exual o psicológico incl u i d a s las amenazas, la coerción o la...

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