DECRETO 82/2007, de 19 de julio, de modificación del Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. (Continúa en Suplemento)

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyDecreto

DECRETO 82/2007, de 19 de julio, de modificación del Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León fue creada por la Ley 2/1995, de 6 de abril, como un Organismo Autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, para la ejecución de las competencias de administración y gestión de centros, servicios y programas sociales que le atribuya la Junta de Castilla y León.

Mediante el Decreto 2/1998, de 8 de enero, se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, en desarrollo de dicha Ley, que en diversos preceptos determina la necesidad de completar y concretar un régimen orgánico, de funcionamiento, de personal, patrimonial y presupuestario de este Organismo.

El artículo 1 del Decreto 2/2003, de 3 de julio, de reestructuración de Consejerías procedió a la creación de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y en su artículo 7 le atribuye las competencias que en materia de servicios sociales e igualdad de oportunidades hasta el momento tenía atribuidas la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, así como las relativas a juventud que correspondían a la Consejería de Educación y Cultura.

Asimismo adscribe a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el organismo autónomo Gerencia de Servicios Sociales.

El artículo 1.1 del Decreto 78/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades dispone que compete a ésta, bajo la superior dirección del Consejero, promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la política de familia, de servicios sociales, de igualdad de oportunidades, para la mujer, de atención a las drogodependencias, de juventud y mantener relaciones con Instituciones Internacionales y Organizaciones No Gubernamentales.

En su artículo 2 apartado 2 se indica que está adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el Organismo Autónomo Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas en materia de servicios sociales.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con el fin de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas.

El artículo 11 de esta Ley establece que corresponden a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de las competencias que les son propias según la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la legislación vigente, y en el ámbito de su territorio, una serie de funciones respecto de los servicios y recursos correspondientes al sistema para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Teniendo en cuenta estas nuevas competencias que le corresponde ejercitar a la Gerencia de Servicios Sociales, y con el objeto de llevarlas a cabo de la manera más ágil y eficaz, prestando un servicio de calidad a los ciudadanos, que garantice un acceso a los servicios que se prestan desde este organismo autónomo, resulta procedente efectuar una reforma parcial de su estructura organizativa.

A tal fin se crea una Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, como órgano directivo central para la dirección y coordinación de las materias que en el ámbito de la política social y atención a la dependencia tiene atribuidas la Gerencia.

Bajo su dirección se encuentran tres Direcciones Técnicas, dos de ellas, la de Protección a la Infancia e Inclusión Social y la de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales surgen del desglose de la anterior Dirección Técnica de Ordenación de los Servicios Sociales y Protección a la Infancia, considerando que con esta delimitación se logrará una mejor gestión de sus respectivos ámbitos de actuación así definidos.

Igualmente se lleva a cabo la creación de nuevas unidades administrativas, la redenominación de otras y una nueva ubicación de algunas ya existentes atendiendo a las características propias de las mismas y en aras de los principios que rigen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR