DECRETO 82/2007, de 19 de julio, de modificación del Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León. (Continúa en Suplemento)
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 82/2007, de 19 de julio, de modificación del Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León fue creada por la Ley 2/1995, de 6 de abril, como un Organismo Autónomo de carácter administrativo, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, para la ejecución de las competencias de administración y gestión de centros, servicios y programas sociales que le atribuya la Junta de Castilla y León.
Mediante el Decreto 2/1998, de 8 de enero, se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, en desarrollo de dicha Ley, que en diversos preceptos determina la necesidad de completar y concretar un régimen orgánico, de funcionamiento, de personal, patrimonial y presupuestario de este Organismo.
El artículo 1 del Decreto 2/2003, de 3 de julio, de reestructuración de Consejerías procedió a la creación de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y en su artículo 7 le atribuye las competencias que en materia de servicios sociales e igualdad de oportunidades hasta el momento tenía atribuidas la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, así como las relativas a juventud que correspondían a la Consejería de Educación y Cultura.
Asimismo adscribe a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el organismo autónomo Gerencia de Servicios Sociales.
El artículo 1.1 del Decreto 78/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades dispone que compete a ésta, bajo la superior dirección del Consejero, promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la política de familia, de servicios sociales, de igualdad de oportunidades, para la mujer, de atención a las drogodependencias, de juventud y mantener relaciones con Instituciones Internacionales y Organizaciones No Gubernamentales.
En su artículo 2 apartado 2 se indica que está adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades el Organismo Autónomo Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, para el desarrollo de las funciones que tiene encomendadas en materia de servicios sociales.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia con el fin de garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas.
El artículo 11 de esta Ley establece que corresponden a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de las competencias que les son propias según la Constitución Española, los Estatutos de Autonomía y la legislación vigente, y en el ámbito de su territorio, una serie de funciones respecto de los servicios y recursos correspondientes al sistema para la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Teniendo en cuenta estas nuevas competencias que le corresponde ejercitar a la Gerencia de Servicios Sociales, y con el objeto de llevarlas a cabo de la manera más ágil y eficaz, prestando un servicio de calidad a los ciudadanos, que garantice un acceso a los servicios que se prestan desde este organismo autónomo, resulta procedente efectuar una reforma parcial de su estructura organizativa.
A tal fin se crea una Dirección General de Política Social y Atención a la Dependencia, como órgano directivo central para la dirección y coordinación de las materias que en el ámbito de la política social y atención a la dependencia tiene atribuidas la Gerencia.
Bajo su dirección se encuentran tres Direcciones Técnicas, dos de ellas, la de Protección a la Infancia e Inclusión Social y la de Ordenación y Acceso a los Servicios Sociales surgen del desglose de la anterior Dirección Técnica de Ordenación de los Servicios Sociales y Protección a la Infancia, considerando que con esta delimitación se logrará una mejor gestión de sus respectivos ámbitos de actuación así definidos.
Igualmente se lleva a cabo la creación de nuevas unidades administrativas, la redenominación de otras y una nueva ubicación de algunas ya existentes atendiendo a las características propias de las mismas y en aras de los principios que rigen...
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