ORDEN AYG/3/2011, de 7 de enero, por la que se establece el régimen jurídico del servicio público de formación no reglada de los profesionales del sector agrario en la rama equina y de promoción del sector ganadero equino en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.1.14º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, la Comunidad de Castilla y León, en el marco de lo dispuesto en la Constitución y las correspondientes leyes del Estado, tiene competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía.

De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 74/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Ganadería, compete a la misma, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, promover, planificar, dirigir y ejecutar la Política Agraria y las actuaciones de desarrollo rural ligadas a esta última.

El mismo Decreto 74/2007, en su artículo 6, confiere al titular de la Dirección General de Industrialización y Modernización Agraria las atribuciones previstas en la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en materia, entre otras, de formación de los profesionales del sector y modernización de las explotaciones agrarias; estableciendo que, al efecto, ejercerá las funciones de formación de los profesionales del sector agrario, tanto en las propias Escuelas y Centros de Capacitación Agraria de la Consejería como en el resto de actividades orientadas a la obtención de conocimientos específicos que permitan el mejor aprovechamiento de las posibilidades de desarrollo rural (apartado 2.k).

Por su parte, y de acuerdo con el artículo 8 del citado Decreto 74/2007, el titular de la Dirección General de Producción Agropecuaria tiene las atribuciones previstas en la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en materia de la producción agrícola y ganadera, ejerciendo a tal efecto, entre otras, las funciones de ordenación y fomento de las producciones agrícolas y ganaderas mediante la promoción y racionalización de las medidas que se estimen necesarias para el desarrollo de los diversos subsectores (apartado 2.a).

En los últimos años, al mismo tiempo que el sector ganadero equino disminuía en importancia dentro del mundo agrícola como herramienta de trabajo, aumentaba su papel en otros aspectos como ocio, deporte, turismo o incluso como uso terapéutico, contribuyendo de esta manera a que el caballo tenga actualmente una destacada presencia social y económica.

Por ello, con la finalidad de fomentar el sector ganadero equino como actividad compatible con el desarrollo rural sostenible, la Consejería se ha dotado, dentro del

espacio físico que ocupa el Centro de Formación Agraria de Segovia, de instalaciones adecuadas para el desarrollo de actividades formativas de los profesionales del sector agrario en Castilla y León, en la rama equina, y de refuerzo de las iniciativas conducentes al desarrollo de la producción ganadera del sector equino.

Para el mejor aprovechamiento de dichas actividades por parte de los usuarios a quienes van dirigidas, y de cara a...

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