ORDEN SAN/345/2010, de 4 de marzo, por la que se reestructuran los Distritos de Asistencia Psiquiátrica de las Áreas de Salud de Ávila, Palencia, Salamanca, Valladolid Este y Valladolid Oeste.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

El Decreto 83/1989, de 18 de mayo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de los Servicios de Salud Mental y Asistencia Psiquiátrica de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, establece que las Áreas sanitarias se subdividirán en Distritos de Asistencia Psiquiátrica que, a su vez, comprenderán varias Zonas Básicas de Salud cada uno. Cada Distrito será atendido por un Equipo de Salud Mental que responderá a las necesidades asistenciales de las Zonas Básicas de Salud que lo conformen.

En cumplimiento de lo anterior, la Orden de 19 de abril de 1991, estableció la delimitación territorial de la asistencia psiquiátrica en Distritos de Asistencia Psiquiátrica.

En el año 2007 se publica el Decreto 118/2007, de 29 de noviembre, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, que establece las directrices para la delimitación territorial del mapa sanitario.

Teniendo en cuenta las modificaciones introducidas por el Acuerdo 111/2008, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León por el que se reestructura el Área de Salud de Valladolid Oeste y el Área de Salud de Valladolid Este, así como la creación de nuevas Zonas Básicas de Salud en Ávila mediante Acuerdo 133/2009, de 17 de diciembre de la Junta de Castilla y León de modificación de Zonas Básicas de Salud de las Áreas de Salud de Ávila, Burgos y el Bierzo y la creación de nuevas Zonas Básicas de Salud en Salamanca mediante Decreto 120/2004, de 25 de noviembre, por el que se reestructuran determinadas Zonas Básicas de Salud de la Comunidad de Castilla y León y la asignación de nuevos recursos psiquiátricos al Área de Salud de Palencia, resulta necesaria una reestructuración de los Distritos de Asistencia Psiquiátrica afectados por estos cambios, para garantizar una correcta distribución funcional de los recursos que permita dar respuesta a las necesidades asistenciales de los ciudadanos.

Para ello, el Decreto 118/2007 establece, en su Disposición Adicional, que cualquier zonificación sanitaria, tanto territorial como funcional, de la Comunidad de Castilla y León tomará como base la división del territorio en Zonas Básicas de Salud y, de forma previa a su aprobación, será informada por la Dirección General de Planificación, Calidad, Ordenación y Formación de la Consejería de Sanidad.

De acuerdo con lo anterior, y conforme a la facultad prevista en la Disposición

Planificación, Calidad, Ordenación y Formación, al que se refiere la Disposición Adicional del Decreto 118/2007, de 29 de noviembre, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León y en uso de la función ejecutiva que me confiere el artículo 26.1 f) de la Ley 3/2001 de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Único.- Se aprueba la reestructuración de los distritos que conforman la delimitación territorial de Asistencia Psiquiátrica de las Áreas de Salud de Ávila, Palencia, Salamanca, Valladolid Oeste y Valladolid Este, conforme a lo que se establece en el Anexo de la presente Orden.

Disposición Final Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

El Consejero de Sanidad,

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