ORDEN FYM/757/2014, de 21 de agosto, por la que se actualiza la Autorización Ambiental otorgada a planta de recubrimiento y corte tecnológico de aceros especiales, titularidad de Aceros de China, S.L., en el término municipal de Aranda de Duero (Burgos), mediante modificación de la Orden de 22 de octubre de 2012, de la Consejería de Medio Ambiente.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Vistas las actuaciones que constituyen el expediente relativo a planta de recubrimiento y corte tecnológico de aceros especiales, titularidad de ACEROS DE CHINA, S.L., del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de 22 de octubre de 2012, de la Consejería de Medio Ambiente, se concede autorización ambiental a planta de recubrimiento y corte tecnológico de aceros especiales, titularidad de ACEROS DE CHINA, S.L., ubicada en el término municipal de ARANDA DE DUERO (BURGOS). («B.O.C. y L.» n.º 219 de 14 de noviembre de 2012).

Segundo.- De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, en la redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, mediante Orden de 41817, de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, se inicia el procedimiento de actualización de la autorización ambiental otorgada a planta de recubrimiento y corte tecnológico de aceros especiales, titularidad de ACEROS DE CHINA, S.L., ubicada en el término municipal de ARANDA DE DUERO (BURGOS), mediante Orden de 22 de octubre de 2012 , de la Consejería de Medio Ambiente.

La necesidad de actualización se fundamenta en que la actividad implica el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes, teniendo en cuenta la posibilidad de contaminación del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas en el emplazamiento de la instalación.

Tercero . - En cumplimiento de lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático, realizó el trámite de audiencia a interesados, no habiéndose presentado alegaciones durante dicho trámite.

Cuarto.- Con fecha 20 de agosto de 2014, la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, formula propuesta de orden por la que se actualiza la autorización ambiental otorgada a planta de recubrimiento y corte tecnológico de aceros especiales, titularidad de ACEROS DE CHINA, S.L., ubicada en el término municipal de ARANDA DE DUERO (BURGOS), mediante Orden de 22 de octubre de 2012 , de la Consejería de Medio Ambiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria primera de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, y en relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León, en la medida que la instalación está recogida en el apartado A/B.1 del Anexo I de esta ley, la competencia para resolver el presente procedimiento, le corresponde al titular de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

Segundo.- La Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, ha sido modificada mediante la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, con la finalidad de incluir en el ordenamiento jurídico español las modificaciones que incluye la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010 sobre las emisiones industriales.

Según se desprende de lo expresado en la exposición de motivos de la Ley 5/2013, de 11 de junio, a los efectos de garantizar la transposición adecuada de la citada Directiva, en la disposición transitoria primera que se añade a la Ley 16/2002, de 1 de julio, se establece un procedimiento de actualización de las autorizaciones ambientales otorgadas, en virtud del cual, el órgano ambiental competente comprobará, de oficio, mediante un procedimiento simplificado, la adecuación de la autorización a las prescripciones de la nueva Directiva, con efecto desde el 7 de enero de 2014.

En el expediente que nos ocupa, procede actualizar la autorización ambiental para completar las condiciones establecidas en la misma respecto a los apartados recogidos en el punto dos de la disposición transitoria primera. En este sentido, se considera que la autorización ambiental deberá incluir en su condicionado ambiental los apartados recogidos en esta Orden, dado que la actividad implica el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes, teniendo en cuenta la posibilidad de contaminación del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas en el emplazamiento de la instalación.

VISTOS

Los Antecedentes de Hecho mencionados, la normativa relacionada en los Fundamentos de Derecho y las demás normas de general aplicación:

Actualizar la autorización ambiental otorgada a planta de recubrimiento y corte tecnológico de aceros especiales, titularidad de ACEROS DE CHINA, S.L., ubicada en el término municipal de ARANDA DE DUERO (BURGOS), mediante Orden de 22 de octubre de 2012, de la Consejería de Medio Ambiente.

La actualización, con efecto desde el 7 de enero de 2014, conlleva la modificación de la citada Orden de 22 de octubre de 2012 de la Consejería de Medio Ambiente por la que

se concede autorización ambiental a...

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