DECRETO 43/2006, de 22 de junio, por el que se aprueba la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector S.A.U. 8, en el término municipal de Arroyo de la Encomienda (Valladolid).

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 43/2006, de 22 de junio, por el que se aprueba la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector S.A.U. 8, en el término municipal de Arroyo de la Encomienda (Valladolid).

Visto el expediente de Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector S.A.U. 8, del término municipal de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), promovida por D. Carlos Ortega Redondo, en representación de la Junta de Compensación del S.A.U. 8, del cual constan los siguientes:

ANTECEDENTES:

Primero. El Sector S.A.U. 8 es establecido y delimitado por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), cuya revisión se aprueba definitivamente el 31 de marzo de 1999 ('B.O.C y L.' de 26 de julio de 1999').

El Plan Parcial que desarrolla la ordenación detallada del sector S.A.U.

8, se aprueba definitivamente el 27 de noviembre de 2003, siendo publicado el acuerdo de aprobación en el ' Boletín Oficial de Castilla y León' de 10 de febrero de 2004).

Simultáneamente a la tramitación de este Plan Parcial del Sector S.A.U.

8, se tramitaba como nuevo instrumento de planeamiento general del municipio el Plan General de Ordenación Urbana de Arroyo de la Encomienda, siendo aprobado definitivamente el 25 de abril de 2003 y publicado en el 'B.O.C y L.' 11 de agosto de 2003).

Segundo. La junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda (Valladolid) en sesión celebrada en fecha de 14 de junio de 2005, acordó aprobar inicialmente la Modificación Puntual del Plan Parcial del sector S.A.U. 8, consistente en:

La prolongación de los viales VR-11 y VR-12 para permitir la conexión con un futuro viario del Sector 16 colindante al Norte con este Sector y previsto en el Plan General de Ordenación Urbana del municipio.

El refuerzo de algunas redes de infraestructura para dar servicio a este sector colindante 16.

La adecuación de la ordenación a la topografía real de los terrenos, ajustando los espacios libres de uso público a los criterios establecidos en el artículo 105.2.c) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León para los sectores con uso predominante industrial o de servicios, destinándose de forma preferente a arbolado en bandas lineales con un ancho mínimo de 5 metros.

Tercero. Por el Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), se solicitaron los informes indicados en el artículo 52.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 153.1.b) del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo, de Castilla y León siendo emitido por el Servicio Territorial de Fomento de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, cuyo contenido consta en el expediente administrativo y no se reproduce en aras del principio de economía procedimental. No consta que se hubieran emitido o comunicado al Ayuntamiento el resto de informes solicitados, antes de la finalización del período de información pública posterior al acuerdo de aprobación inicial, con lo cual deben entenderse emitidos en sentido favorable.

Cuarto. El expediente ha sido sometido al trámite de información pública durante un mes, mediante la inserción de anuncios en el 'Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid' de fecha 26 de julio de 2005 en el Diario 'El Norte de Castilla' de la misma fecha, en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 152 de fecha 8 de agosto de 2005 y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, no habiéndose presentado durante este período ninguna alegación, según consta en el certificado expedido por el Secretario de la Corporación en fecha de 20 de septiembre de 2005.

Quinto. El Pleno del Ayuntamiento Arroyo de la Encomienda (Valladolid) en sesión celebrada el día 17 de octubre de 2005, acordó por unanimidad aprobar provisionalmente la Modificación Puntual Plan Parcial del Sector S.A.U. 8 de dicho término y la remisión del expediente debidamente diligenciado a la Dirección General de Vivienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio, a fin de que procediese a su tramitación conforme al artículo 58.3.c) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 172 de su Reglamento.

Sexto. En fecha de 27 de octubre de 2005, tuvo entrada en el Registro Único de las Consejerías de Agricultura y Ganadería, Fomento y Medio Ambiente el expediente administrativo y Proyecto de Modificación Puntual del...

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