ORDEN FYM/352/2012, de 25 de abril, relativa a la aprobación del deslinde del Monte «El Bosque y El Hoyo Redondo», n.º 289 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, perteneciente al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz, en la provincia de Soria.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SO-D-73/12, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «El Bosque y El Hoyo Redondo», n.º 289 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz, en la provincia de Soria, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 20 de mayo de 2009, el Director General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, autoriza el inicio del deslinde del monte «El Bosque y El Hoyo Redondo» n.º 289 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, propiedad del Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz.

  2. El comienzo de las operaciones de apeo fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 160, de 19 de agosto de 2011, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. El anuncio fue remitido al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y a las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes.

  3. Con fecha 24 de agosto de 2011, se envía al Registro de la Propiedad de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma mandamiento de anotación de nota marginal del deslinde en la finca perteneciente al monte. Dicha finca figura en el Registro con los siguientes datos: Tomo 883, Libro 16, Folio 85, Finca 1581. El Registro practicó dicha anotación con fecha 13 de septiembre de 2011.

  4. Con fecha 4 de noviembre de 2011, se recibe informe de la Asesoría Jurídica de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria relativa a la eficacia jurídica de la documentación presentada en el plazo previsto para ello en el anuncio del «Boletín Oficial de Castilla y León».

  5. Con fecha 18 de noviembre de 2011 se realiza el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada, en el que se certifica que existen fincas que se encuentran en la situación descrita en el grupo C del artículo 102 del Reglamento de montes (Decreto 485/1962), estimando así que existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte.

  6. Las operaciones de deslinde tuvieron lugar el día 29 de noviembre de 2011, levantándose acta de las operaciones que firmaron los asistentes como prueba de conformidad con lo actuado. Se recorrió el perímetro del monte y se reconocieron 6 enclavados ubicados dentro del Monte Público.

  7. Una vez finalizada la operación de deslinde, el Ingeniero Operador, con fecha 12 de diciembre de 2011, emite un Informe que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, reconociendo una serie de fincas enclavadas en el monte.

  8. En el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 250, de fecha 30 de diciembre de 2011 se da vista del expediente, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. Su notificación a Entidades e interesados se realizó mediante correo postal con acuse de recibo, en cumplimiento de los artículos 120 y 121 del vigente Reglamento de Montes.

  9. Durante el plazo legalmente conferido para ello se recibieron alegaciones a dicho expediente. Con fecha 21 de febrero de 2012, la Asesoría Jurídica emite un Informe sobre las reclamaciones planteadas por los interesados. A la vista de este informe, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria observa fundamentos para dar por ESTIMADAS las alegaciones formuladas por D. Pedro Hernando Álvarez, D. Francisco Pozueco Álvarez y D. Javier, D. Mariano y D.ª M.ª Ángeles Huertas Álvarez. También se decide dar por estimada la reclamación formulada con fecha 1 de diciembre de 2011 por D. Restituto Delgado Romanillos.

  10. La resolución de estas alegaciones se notificó al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz con fecha 23 de febrero de 2012, para su conocimiento y exposición del Edicto en el Tablón de Anuncios correspondiente durante el plazo de un mes, informando que se iba a proceder al reconocimiento de una finca situada en el perímetro del Monte de Utilidad Pública el día 26 de marzo de 2012. Transcurrido dicho plazo, esta entidad expidió la certificación oficial correspondiente de haberse fijado el anuncio en el Tablón de Anuncios durante el período prescrito, incluyéndose dicha certificación en el presente expediente. Asimismo, se notificó esta resolución a los alegantes con fecha 23 de febrero de 2012. Esta notificación se realizó mediante correo postal con acuse de recibo.

  11. El día 26 de marzo de 2012 se realizaron las operaciones de reconocimiento de la finca que se encontraba inscrita en el registro de la propiedad, firmando un Acta los asistentes en prueba de conformidad con lo actuado o con las manifestaciones consignadas.

  12. Con fecha 27 de marzo de 2012, se remitió copia completa del Expediente de Deslinde del M.U.P. n.º 289 «El Bosque y El Hoyo Redondo» al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz, como Entidad Propietaria del monte, para que en el plazo de quince días mostrase su conformidad o reparos al expediente. Con fecha 27 de marzo de 2012, se emite certificado por parte del Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz que se trascribe a continuación: « El Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz manifiesta su conformidad con el deslinde del monte 289 "El Bosque y El Hoyo Redondo" de Quintanas de Gormaz, así como manifiesta que se ha examinado el proyecto remitido por el Servicio Territorial de Medio Ambiente ».

  13. Con fecha 4 de abril de 2012, el Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria emite un Informe-Propuesta, proponiendo la aprobación del deslinde con los siguientes datos:

    - Número del catálogo: 289.

    - Nombre: «El Bosque y El Hoyo Redondo».

    - Partido Judicial: El Burgo de Osma.

    - Término municipal: Quintanas de Gormaz.

    - Pertenencia: Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz.

    - Superficie pública del monte: 168,233 ha.

    - Superficie enclavada: 0,965 ha. A: 0,018 ha, B: 0,202 ha, C: 0,014 ha, D: 0,040 ha, E: 0,579 ha, F: 0,112 ha.

    - Superficie dominio público: 2,719 ha vía férrea, 1,605 ha carretera.

    - Superficie total: 173,522 ha.

    - Especies: Pinus pinaster, Juniperus thurifera y Quercus ilex.

    - Servidumbres y vías pecuarias: No existen servidumbres instituidas como tales. Tampoco existen vías pecuarias dentro del monte público.

    - Límites:

    * Norte: Monte «Pinar de Fuenterrey» n.º 85 de los del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz; parcelas arboladas no concentradas de propiedad particular; carretera SO-P-4140.

    * Este: Monte «La Revilla» n.º 290 de los del C.U.P. perteneciente al Ayuntamiento de Quintanas de Gormaz y situado en el término municipal de Quintanas de Gormaz; parcelas arboladas no concentradas de propiedad particular; camino del Orofrío.

    * Sur: Camino; parcela arbolada no concentrada de propiedad particular; parcelas agrícolas concentradas de propiedad particular.

    * Oeste: Parcelas agrícolas concentradas de propiedad particular; camino de la Vega; parcelas arboladas no concentradas de propiedad particular.

    - Enclavados : Existen 6 enclavados dentro del Monte Público n.º 289 designados con las letras «A», «B», «C», «D», «E» y «F».

  14. Con fecha 9 de abril de 2012, el expediente se eleva a la Dirección General del Medio Natural.

  15. La Dirección General del Medio Natural, de conformidad con la Sección de Propiedad Pública del Servicio de Defensa del Medio Natural, formula, con fecha 25 de abril de 2012 la correspondiente propuesta.

    FUNDAMENTOS DE DERECHO

  16. La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, y los Decretos 2/2011, de 27 de junio del Presidente de la Junta de Castilla y León y Decreto 34/2011, de 7 de julio, de la Junta de Castilla y León, sobre Reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, respectivamente.

  17. Examinado el Expediente instruido al efecto, se observa el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma exigidos por la normativa vigente aplicable, sin que se aprecien motivos que aconsejen su desaprobación.

  18. El Reglamento de Montes, en sus artículos 82 a 134 determina la forma de ejecutar los deslindes de los montes del Catálogo de Montes de Utilidad Pública.

  19. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre y el Reglamento de Montes, establecen una dualidad jurisdiccional (contenciosa administrativa y civil) en el control judicial del deslinde administrativo. Mediante el recurso cabe que se hagan valer todos los vicios en que puedan incurrir los actos administrativos a tenor de la Ley 30/1992 (Arts. 62 y siguientes). Por otra parte, el Art. 21.7 de la Ley 43/2003 y el 128 y 129 del Reglamento, reserva al conocimiento de los Tribunales ordinarios todas aquellas pretensiones «...si lo que se discute es el dominio, la posesión o cualquier otro derecho real». Por tanto, será ante el Orden Jurisdiccional Civil, donde puedan plantearse cuestiones relativas al dominio o la posesión, o cualquier otra de naturaleza civil a través del juicio declarativo correspondiente.

    VISTOS la Ley 3/2009 de Montes de Castilla y León, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, el Real Decreto 1504/1984, sobre Traspaso de Funciones y Servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de conservación de la naturaleza, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes de general aplicación.

    En su virtud, esta Consejería de Fomento y Medio...

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