DECRETO 204/2001, de 26 de julio, por el que se procede a la creación, transformación y supresión de centros públicos de educación no universitaria.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto

DECRETO 204/2001, de 26 de julio, por el que se procede a la crea ción, transformación y supresión de centros públicos de educación no universitaria.

La previsión de necesidades para el próximo curso escolar, una vez llevado a cabo el análisis de los datos de escolarización conforme a la planificación educativa, obliga a la toma de decisiones que afectan a los centros públicos de enseñanza no universitaria en sus distintos niveles educativos, en un esfuerzo por ampliar la oferta educativa y mejorar su calidad.

En la Educación Infantil y Primaria, el incremento en la demanda de puestos escolares que se produce puntualmente en ciertas localidades o barrios exige incrementar la inversión creando nuevos centros, mientras que, paralelamente, el descenso de demanda de puestos escolares que en estas mismas etapas educativas se produce en otras zonas justifica la integración o en su caso la supresión de centros docentes.` En la Educación Secundaria el interés por ampliar la oferta educativa en su etapa obligatoria, haciendo posible la escolarización de los alumnos en condiciones de proximidad a su lugar de residencia en el medio rural, hay que sumar el de mejorar la calidad de la enseñanza en esta etapa, optando por una tipología de centros que, bajo la denominación genérica de Institutos de Educación Secundaria Obligatoria (IESO), prevista en el Art. 3.4 del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, imparten únicamente la educación secundaria obligatoria, configurándose como centros independientes que cuentan con los órganos de gobierno, los departamentos didácticos y el departamento de orientación establecidos en el mencionado Reglamento Orgánico de Institutos de Educación Secundaria. Así, junto a la creación de centros nuevos como IESO, se procede a la transformación en IESO de Secciones de Educación Secundaria Obligatoria, hasta ahora dependientes de un Instituto de Educación Secundaria, ubicados en localidades enclavadas en el medio rural y que, como tales centros independientes, gozarán de autonomía organizativa y pedagógica. Se procede a la creación de un Instituto de educación secundaria, por transformación de una Sección en la cual se venían impartiendo enseñanzas de bachillerato, configurándose igualmente como un centro independiente. Con el fin de lograr una mayor coordinación de las estructuras educativas y un mejor aprovechamiento de los recursos...

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