ORDEN HAC/728/2013, de 27 de agosto, por la que se procede a la modificación del fichero de datos de carácter personal denominado «PÉRSIGO: Sistema Integrado de Gestión de Personal».
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Hacienda |
Rango de Ley | Orden |
La Orden PAT/1480/2005, de 26 de octubre, publicada el 10 de noviembre de 2005, crea el fichero automatizado de carácter personal PÉRSIGO (Sistema Integrado de Gestión de Personal) y se inscribe en la Agencia de Protección de Datos con código de inscripción 20600030114, siendo responsable del mismo la Dirección General de la Función Pública.
El artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, prevé que la disposición o acuerdo de creación del fichero deberá contener la estructura básica del fichero mediante la descripción detallada de los datos identificativos, y en su caso, de los datos especialmente protegidos, así como de las restantes categorías de datos de carácter personal incluidas en el mismo y el sistema de tratamiento utilizado en su organización. Si bien la Orden de creación del fichero PÉRSIGO describe la estructura básica del mismo y de los datos de carácter personal, es necesario hacer una relación más exahustiva de los mismos, principalmente de aquellos especialmente protegidos.
El mismo artículo 54 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, establece la necesidad de que la disposición o acuerdo de creación del fichero contenga las comunicaciones de datos previstas, indicando en su caso, los destinatarios o categorías de destinatarios. La citada Orden de creación del fichero no previó comunicación de datos, aunque estas se hacen imprescindibles para el cumplimiento de los deberes legales propios de todo empleador. Así, el fichero pasa a incluir tales cesiones, siempre dentro del estricto cumplimiento de estas obligaciones y conforme a las previsiones de los artículos 7 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Por último, la auditoría efectuada en el año 2011 recomienda declarar el fichero como mixto, ya que los datos personales que contienen son susceptibles de imprimirse en papel.
En atención a lo expuesto, procede modificar el fichero PÉRSIGO: Sistema Integrado de Gestión de Personal. En este sentido, el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por...
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