ORDEN FAM/1529/2008, de 22 de agosto, por la que se convoca el primer concurso de proyectos docentes para la prevención de la violencia de género en Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

ORDEN FAM/1529/2008, de 22 de agosto, por la que se convoca el primer concurso de proyectos docentes para la prevención de la violencia de género en Castilla y León.

La prevención y la sensibilización en materia de violencia de género constituyen instrumentos esenciales e irrenunciables en la lucha contra esta grave violación de los derechos humanos. Así lo entiende la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León, que las contempla en su artículo 23. Más concretamente, en el ámbito educativo, el artículo 13 de dicha Ley exige el establecimiento de medidas que garanticen el respeto del derecho a la igualdad en todos los ámbitos educativos de la Comunidad; este mandato ha de incluir necesariamente la lucha contra la violencia de género, por cuanto ésta constituye la máxima expresión de la desigualdad.

El artículo 4.1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, incluye entre los fines del sistema educativo español la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, y para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos.

El II Plan contra la Violencia de Género en Castilla y León, aprobado por Decreto 2/2007, de 12 de enero, contempla como Objetivo Específico 3 del Área 1 'Diseñar e implementar estrategias de prevención de la violencia contra las mujeres, en los diferentes niveles del sistema educativo, que fomenten valores igualitarios y no discriminatorios'. La segunda medida de dicho Objetivo Específico consiste en 'Desarrollar programas de sensibilización contra la violencia de género para el alumnado de los distintos niveles educativos, aplicando materiales didácticos específicos sobre violencia de género adaptados a cada uno'.

En consecuencia, de conformidad con las citadas leyes, el II Plan contra la Violencia de Género en Castilla y León y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se convoca el primer concurso de proyectos docentes para la prevención de la violencia de género en Castilla y León, con arreglo a las siguientes BASES Primera. Objeto y finalidad.

  1. La presente Orden tiene por objeto convocar el primer concurso (premio) de proyectos docentes para la prevención de la violencia de género en Castilla y León.

  2. La finalidad del concurso es promover la educación en valores igualitarios y no discriminatorios entre mujeres y hombres, como medida preventiva contra la violencia de género.

    Segunda. Procedimiento de concesión.

    La concesión de los premios a proyectos docentes contra la violencia de género se efectuará mediante el régimen de concurrencia competitiva, consistente en la comparación de los proyectos presentados, a fin de establecer una prelación entre los mismos de acuerdo con los criterios de valoración fijados en la Base Decimosegunda de la presente Orden.

    Tercera. Participantes.

  3. Podrán optar a los premios los centros docentes que reúnan los siguientes requisitos:

    1. Estar sostenidos con fondos públicos.

    2. Estar ubicados en Castilla y León.

    3. Impartir, al menos, alguno de los siguientes niveles educativos:

    Educación Primaria.

    Educación Secundaria Obligatoria.

  4. Cada centro docente podrá participar en cada edición del concurso con un único proyecto por nivel educativo.

  5. No podrán tener la condición de beneficiarios aquellos participantes en quienes concurra alguna de las circunstancias a las que se refiere el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Cuarta. Trabajos a concurso.

  6. Elaboración de proyectos docentes para el alumnado no universitario de Castilla y León, que promuevan la educación en valores igualitarios y no discriminatorios entre mujeres y hombres como medida preventiva contra la violencia de género.

  7. Los proyectos docentes serán originales, debiendo ser susceptibles de implantación en los centros docentes y serán elaborados por el personal docente del centro participante.

    Quinta. Contenido de los proyectos.

  8. Los proyectos docentes contra la violencia de género presentados tendrán como mínimo el siguiente contenido:

    1. Objetivos del proyecto, que habrán de concretar la finalidad genérica de prevención y erradicación de las conductas de violencia de género y promoción del respeto a la igualdad entre mujeres y hombres.

    2. Actuaciones y medidas concretas a través de las cuales se pretenden alcanzar los objetivos del proyecto.

    3. Descripción, diseño...

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