ORDEN ADM/162/2011, de 24 de febrero, por la que se convocan prestaciones económicas para los Empleados Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2011, destina al Fondo de Acción Social DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS (2.882.242 €) en la aplicación presupuestaria 11.02.921B01.18100.

La Orden ADM/822/2009, de 7 de abril, modificada parcialmente por la Orden ADM/115/2011, de 15 de febrero, establece las bases reguladoras de las prestaciones económicas para los empleados públicos de la Administración de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social aplicables a esta convocatoria.

En virtud de lo anteriormente expuesto, previa negociación en la Comisión de Acción Social de la distribución del presupuesto entre las distintas líneas de prestaciones sociales, esta Consejería de Administración Autonómica, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 26.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ha resuelto efectuar convocatoria pública para la concesión de prestaciones para los Empleados Públicos de la Administración de Castilla y León con cargo al Fondo de Acción Social del ejercicio 2011.

DISPONGO

Primero.- Objeto y presupuesto.

  1. - La presente convocatoria establece las prestaciones de acción social con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02.921B01.18100 por un importe de DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS (2.876.242 €) de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2011, con la siguiente distribución en cada línea:

    LÍNEA A: Adquisición de prótesis: OCHOCIENTOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS (800.242 euros).

    LÍNEA B: Cuidado de hijos: UN MILLÓN CINCUENTA Y OCHO MIL EUROS (1.058.000 euros).

    LÍNEA C: Estudios de los hijos: SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL EUROS (775.000 euros).

    LÍNEA D: Estudios de los empleados públicos: SESENTA Y CINCO MIL EUROS (65.000 euros).

    LÍNEA E: Reducción de jornada: SETENTA Y CINCO MIL EUROS (75.000 euros).

    LÍNEA F: Otras modalidades: CIENTO TRES MIL EUROS (103.000 euros).

  2. - Si a la vista de las solicitudes presentadas, se comprueba la existencia de remanente en la cantidad asignada a una o varias de las líneas establecidas en esta convocatoria con cargo al Fondo de Acción Social para el año 2011, dicho remanente incrementará la/s línea/s en la/s que el presupuesto resulte más deficitario.

    Segundo.- Solicitantes.

    Los Empleados Públicos a los que se refiere la Base Segunda de la Orden ADM/822/2009, de 7 de abril, deberán estar en situación de servicio activo y percibir los haberes con cargo a los Presupuestos de esta Comunidad Autónoma o en excedencia por cuidado de familiares a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    En caso de fallecimiento del empleado público, el mismo deberá haberse producido durante el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2010 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    Tercero.- Plazos de cumplimiento de requisitos.

    LÍNEA A.- Adquisición de prótesis.

    Para acceder a estas prestaciones el gasto realizado por el beneficiario deberá haberse efectuado en el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2010 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    LÍNEA B.- Cuidado de hijos.

    Para acceder a esta prestación el beneficiario deberá ser menor de 18 años a fecha 1 de enero de 2011, debiendo haber nacido entre el 01/01/2008 y el 31/12/2010 para acceder a la modalidad A, y entre 01/01/1993 y el 31/12/2007 para acceder a la modalidad B.

    LÍNEA C.- Estudios de los hijos.

    Para acceder a esta prestación el beneficiario deberá ser menor de 25 años a fecha 1 de enero de 2011 y reunir los requisitos de matrícula y residencia en el curso académico 2010/2011.

    Las prestaciones no podrán ser prorrogadas para cursos sucesivos y su concesión se limitará al curso 2010/2011.

    LÍNEA D.- Estudios de los empleados públicos.

    Para acceder a esta prestación el beneficiario deberá reunir los requisitos de matrícula en el curso académico 2010/2011.

    Las prestaciones no podrán ser prorrogadas para cursos sucesivos y su concesión se limitará al curso 2010/2011.

    LÍNEA E.- Reducción de jornada.

    Para acceder a esta prestación la jornada de trabajo deberá haberse reducido el 50%, y su periodo de duración será como mínimo de un año, siempre que la fecha final del cómputo del periodo indicado esté comprendida entre el 1 de abril de 2010 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    LÍNEA F.- Otras modalidades.

    Para acceder a estas prestaciones los gastos deberán haberse efectuado en el período comprendido entre el 1 de abril de 2010 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, a excepción de los gastos por adopción que se referirán a toda la tramitación del proceso, siempre que su formalización se haya efectuado en el período indicado anteriormente.

    Cuarto.- Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

  3. - Las solicitudes, acompañadas de la documentación establecida en el Apartado Sexto de esta Orden, podrán realizarse de forma presencial o electrónicamente y se dirigirán a la Excma. Sra. Consejera de Administración...

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