ORDEN FYM/1518/2011, de 7 de noviembre, relativa a la reclamación previa a la vía judicial civil presentada por D.ª Amparo Mencía Martínez, en relación con el monte «La Calabaza», n.º 651 del C.U.P. de la provincia de Burgos, propiedad del Ayuntamiento de Aranda de Duero.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente BU-PR-381-11, incoado por la Sección Territorial Primera del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, a petición de doña Amparo Mencía Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Con fecha 10 de marzo de 2009 se publica en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la Orden MAM/517/2009 de 13 de febrero, por el que se aprueba el deslinde del Monte «La Calabaza» n.º 651 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Burgos, propiedad del Ayuntamiento de Aranda de Duero y sito en su Término Municipal.

  2. Con fecha 26 de marzo de 2010 se publica en el «Boletín Oficial de Castilla y León» Edicto del Servicio Territorial de Burgos, relativo al amojonamiento del Monte «La Calabaza» n.º 651 del C.U.P. de la provincia de Burgos, fijando la fecha del 14 de junio de 2010 para la realización de los apeos en campo correspondientes a la labor de amojonamiento.

  3. Con fecha 14 de junio de 2010 según lo previsto se lleva a cambo el amojonamiento en campo. En este Acto D.ª María Amparo Mencía Martínez realiza una reclamación acerca de la ubicación de los piquetes de deslinde en colindancia con su finca. Esta reclamación no procede en el proceso de amojonamiento por estar referida a la variación de los límites de su propiedad, debiendo haber sido efectuada durante el deslinde.

  4. Realizada visita al monte con fecha 14 de junio de 2010, se concluye que la alineación sur de las fincas particulares que colindan con el camino debe ser respetada también en la finca 488, no existiendo indicio de que esta finca no se colindante con el citado camino. Existen restos de viñedo muy antiguo en la finca colindante (parcela 489) en la franja delimitada por el paralelo a la ubicación actual del piquete n.º 178 y el camino lo que acredita que esta finca fue cultivada desde antiguo hasta el camino. No parece razonable que si la finca 489 llega hasta el camino, en la colindancia con la 488 el monte tenga una superficie de 300 m 2 al norte del camino de una antinatural forma triangular.

  5. Con fecha 22 de junio de 2010, D.ª Amparo Mencía Martínez presenta reclamación acerca de la ubicación de los piquetes de deslinde en colindancia con su finca. Con fecha 22 de julio de 2010 especifica que tal reclamación ha de entenderse como reclamación previa a la vía judicial civil. La reclamación viene apoyada por un plano de

    catastro antiguo, que se juzga correcto para la delimitación de la propiedad particular en este punto.

  6. Con fecha 22 de julio de...

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