ORDEN EDU/20/2009, de 7 de enero, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso académico 2007-2008

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/20/2009, de 7 de enero, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso académico 2007-2008.

La Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio ('B.O.E.' de 5 de julio) crea los Premios Nacionales de Formación Profesional, como reconocimiento del rendimiento relevante de los alumnos que terminan sus estudios de formación profesional de grado superior y establece los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional.

La citada Orden define un procedimiento de selección de los candidatos con un doble nivel de concurrencia. A nivel regional, cada Comunidad Autónoma debe convocar y conceder Premios Extraordinarios de Formación Profesional. Aquéllos a quienes se otorguen estos premios, podrán acceder a una convocatoria a nivel nacional de Premios Nacionales de Formación Profesional.

Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se acuerda convocar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso académico 2007/2008, con arreglo a las siguientes BASES:

Primera. Objeto.

1.1. La presente Orden tiene por objeto convocar los Premios Extraordinarios de Formación Profesional correspondientes al curso académico 2007/2008.

1.2. Podrá concederse un Premio Extraordinario por cada familia profesional de Formación Profesional de grado superior.

Segunda. Participantes.

Podrán optar al Premio Extraordinario de Formación Profesional los alumnos que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Haber finalizado estudios de formación profesional de grado superior en centros docentes, públicos o privados, de Castilla y León, incluidos los matriculados en régimen de enseñanza a distancia, durante el año 2008.

  2. Haber obtenido como calificación final una puntuación igual o superior a 8, 50 puntos.

    La calificación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan expresión numérica y el resultado se consignará con dos cifras decimales. Por tanto, no se tendrán en cuenta, en el cálculo de la calificación final del ciclo, las calificaciones de 'apto', 'exento' o 'convalidado'.

    Tercera. Solicitudes y documentación.

    3.1. Los candidatos a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional deberán dirigir su solicitud, según el modelo que figura como Anexo I en la presente Orden, al Excmo. Sr. Consejero de Educación y presentarla directamente en el Registro de la Consejería de Educación (Monasterio Ntra. Sra. de...

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