DECRETO 73/1997, de 3 de abril, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Posada de Valdeón (León) para la ejecución de la obra «Acondicionamiento del camino vecinal de Posada de Valdeón a Caín».
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Presidencia y Administracion Territorial |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 73/1997, de 3 de abril, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Posada de Valdeón (León) para la ejecución de la obra «Acondicionamiento del camino vecinal de Posada de Valdeón a Caín».
El Ayuntamiento de Posada de Valdeón (León), solicita la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa a que da lugar la realización de las obras de: «Acondicionamiento del camino vecinal de Posada de Valdeón a Caín».
El proyecto de las obras fue aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 1994. Tras el sometimiento de la relación de bienes y propietarios afectados al trámite de información pública y la celebración de una reunión con los mismos, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 1996 se resuelven las alegaciones de los propietarios que no han accedido a la adquisición negociada de sus bienes y derechos afectados.
La urgencia de la ocupación se encuentra motivada en el presente expediente por los riesgos que la situación actual pueden suponer para la seguridad vial. Además la necesidad de actuar con la máxima celeridad posible se encuentra agravada por la sujeción de la realización de las obras dentro del presente ejercicio a efectos de contar con la financiación externa indispensable para la ejecución del proyecto.
La competencia para la resolución de las peticiones de declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 3036/1982, de 24 de julio.
Procede en consecuencia declarar la urgencia de la ocupación al objeto de que el Ayuntamiento continúe la tramitación del expediente por el procedimiento regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión celebrada el día 3 de abril de 1997
DISPONGO:
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