ORDEN EDU/1926/2009, de 2 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a potenciar la movilidad internacional de los profesores e investigadores en el Espacio Europeo de Educación Superior, para el curso 2009-2010

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Sexta. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente acuerdo, se someterán al conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo acordado, se firma el presente acuerdo en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

El Director Gerente de la Gerencia Regional de Salud,

Fdo.: JOSÉ MANUEL FONTSARÉ OJEADO El Vicepresidente del Patronato de la Fundación,

Fdo.: FRANCISCO LLORENTE SALA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN EDU/1926/2009, de 2 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a potenciar la movilidad internacional de los profesores e investigadores en el Espacio Europeo de Educación Superior, para el curso 2009-2010.

Mediante la Orden EDU/1098/2009, de 20 de mayo ('B.O.C. y L.' n.º 96, de 25 de mayo), se convocaron subvenciones destinadas a potenciar la movilidad internacional de los profesores e investigadores en el Espacio Europeo de Educación Superior, para el curso 2009-2010.

Comprobada la adecuación de las solicitudes a la citada Orden y realizada propuesta razonada por el Director General de Universidades e Investigación, de acuerdo con lo dispuesto en su apartado 6, en virtud del apartado 7.1.

RESUELVO Primero. Conceder subvenciones destinadas a potenciar la movilidad internacional de los profesores e investigadores en el Espacio Europeo de Educación Superior, para el curso 2009-2010, por un importe de 166.400,52 euros para la anualidad 2009, con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.467B04.7803J.0, por las cuantías que se especifican en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Denegar ayudas a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II por las causas que en él figuran.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.

Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

Valladolid, 2 de octubre de 2009.

El Consejero,

Fdo.: JUAN JOSÉ MATEOS OTERO

ANEXO I...

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