DECRETO 113/1997, de 29 de mayo, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Ponferrada (León), para la ejecución del proyecto de apertura de la calle Pérez Colino en su entronque con la Plaza de Julio Lazúrtegui.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 113/1997, de 29 de mayo, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa que precisa el Ayuntamiento de Ponferrada (León), para la ejecución del proyecto de apertura de la calle Pérez Colino en su entronque con la Plaza de Julio Lazúrtegui.

Con el fin de ejecutar el proyecto de apertura de la calle Pérez Colino en su entronque con la Plaza de Julio Lazúrtegui, de la localidad de Ponferrada (León), el Ayuntamiento instruye expediente de expropiación forzosa, en el que solicita de la Junta de Castilla y León la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados.

El Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de abril de 1996, adoptó acuerdo de iniciación del expediente expropiatorio de los bienes que resulta necesario ocupar, procediéndose a la aprobación de la relación de bienes y propietarios afectados. La misma ha sido sometida al trámite de información pública mediante su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el «Boletín Oficial de la Provincia» n.º 126, de 3 de junio, y en un diario de la provincia, así como mediante notificación individual a los afectados. Las reclamaciones formuladas durante el plazo concedido al efecto, han sido resueltas en sesión celebrada el día 17 de junio de 1996.

La urgencia de la ocupación se encuentra aconsejada en el presente expediente con el fin de evitar los riesgos de índole higiénico-sanitarios y de seguridad que la actual situación puede provocar, al permitir las obras mejorar las redes de abastecimiento y saneamiento y solucionar los problemas de tráfico existentes.

La competencia para la resolución de las peticiones de declaración de urgencia en los expedientes expropiatorios incoados por las Entidades Locales viene atribuida a la Junta de Castilla y León, a tenor de lo dispuesto en el R.D. 3036/1982, de 24 de julio.

Procede en consecuencia declarar la urgencia de la ocupación al objeto de que el Ayuntamiento continúe la tramitación del expediente por el procedimiento regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y...

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