ORDEN IYJ/1398/2009, de 17 de junio, por la que se resuelve la convocatoria pública para la concesión de ayudas a los policías locales y vigilantes municipales de Castilla y León por participar en actividades formativas

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

IV. OTRAS DISPOSICIONES Y ACUERDOS CONSEJERÍA DE INTERIOR Y JUSTICIA ORDEN IYJ/1398/2009, de 17 de junio, por la que se resuelve la convocatoria pública para la concesión de ayudas a los policías locales y vigilantes municipales de Castilla y León por participar en actividades formativas.

Mediante Orden IYJ/815/2009, de 3 de abril ('B.O.C. y L.' de 16 de abril), se convocaron ayudas a policías locales y vigilantes municipales de Castilla y León por participar en actividades formativas.

Vistas las solicitudes presentadas para acogerse a dichas ayudas que reúnen los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria, y de conformidad con el procedimiento para la adjudicación de las ayudas, señalado en la Base Quinta de la Orden IYJ/762/2009, de 30 de marzo por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas ayudas,

DISPONGO Primero. Conceder las ayudas por participar en actividades formativas, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.131A01.48045 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009, a los policías locales y vigilantes municipales de Castilla y León que se detallan en el Anexo I de la presente Orden, en la cuantía que en cada caso se establece.

Segundo. Disponer el gasto de 45 ayudas por un importe de diecisiete mil ochocientos cincuenta euros (17.850,00 ), con la siguiente distribución:

44 becas correspondientes a la modalidad a) Estudios Universitarios de Primer y Segundo Ciclo y aquellos otros títulos propios Universitarios relacionados con la función policial, con una ayuda de 400,00 euros por beneficiario.

1 beca correspondiente a la modalidad b), Cursos oficiales relacionados con la función policial que superen las 200 horas, con una ayuda de 250,00 euros por beneficiario.

Tercero. Denegar las ayudas a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II en atención a los motivos que en el mismo se detallan.

Cuarto. Los solicitantes de las ayudas que no figuren en ninguno de los Anexos de la presente Orden, no han obtenido ayudas como consecuencia de la aplicación del criterio de selección establecido en el punto cinco de la Base Quinta de la Orden IYJ/762/2009, de 30 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de dichas ayudas.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Interior y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR