ACUERDO del Pleno del Ayuntamiento de Santiago Millas (León), de 30 de abril de 2008, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle 1/2008.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorAyuntamiento de Santiago Millas (león)
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO del Pleno del Ayuntamiento de Santiago Millas (León), de 30 de abril de 2008, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle 1/2008.

El Pleno Municipal, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de abril de 2008, acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Estudio de Detalle 1/2008 para la modificación de los plazos de edificación del suelo urbano consolidado del municipio de Santiago Millas, de iniciativa pública municipal.

Contra dicho Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente anuncio, que se efectuará en el 'Boletín Oficial de la Provincia' (incluyendo la memoria vinculante, normativa de aplicación y relación de los demás documentos que integran el citado instrumento de planeamiento) y en el 'Boletín Oficial de Castilla y León'.

No obstante, con carácter potestativo y previo al anterior recurso, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación, ante el mismo órgano que ha dictado el acto que se impugna, recurso que se entenderá desestimado si en el plazo de un mes no se notifica la oportuna resolución, a efectos de interposición del correspondiente recurso contencioso administrativo, que habrá de interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución expresa del recurso de reposición o en el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente ejercitar.

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 5/1999 de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, transcribiéndose seguidamente como Anexos la parte resolutiva del acuerdo de referencia:

'La Corporación, por...

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