ACUERDO del Pleno del Ayuntamiento de Cuéllar, de 9 de mayo de 2008, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución «Calle de Valdihuertos 5».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorAyuntamiento de Cuellar (Segovia)
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO del Pleno del Ayuntamiento de Cuéllar, de 9 de mayo de 2008, relativo a la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución 'Calle de Valdihuertos 5'.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de mayo de 2008, adoptó el siguiente ACUERDO:

'Punto Segundo. Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución 'Calle de Valdihuertos 5' de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cuéllar, redactado por el Arquitecto D. José Ramón Luengo Merino, y promovido por Construcciones Hermanos Vicente Rico, S.L.

La Comisión de Urbanismo de este Ayuntamiento, en sesión de fecha 5 de mayo de 2008, en virtud de los antecedentes y consideraciones de hecho y de derecho que se recogen en el acta de dicha Comisión, acordó proponer al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

'Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución 'Calle de Valdihuertos 5' de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Cuéllar (Documento para aprobación definitiva), redactado por el Arquitecto D. José Ramón Luengo Merino y visado en el COACYLE de Segovia con fecha 17 de marzo de 2008, del que es promotor la mercantil Construcciones Hermanos Vicente Rico, S.L., y en el que se introducen los siguientes cambios respecto de lo aprobado inicialmente:

Se corrigen los errores materiales advertidos en la transcripción al Estudio de Detalle del artículo 09.53 de la Ordenanza R3: se elimina la categoría 4.' en el uso 'Hospedaje', se añade 'Hostelería:

categorías 1.', 2.', 3.', 4.'; se añade 'Parques y Jardines: categorías 1.' y 2.''.

El capítulo 1 del Título III pasa a denominarse 'Relación comparativa de la Ordenanza R.3 y el Estudio de Detalle' en la que, por un lado, se refleja, conforme a lo exigido en el informe previo del Servicio Territorial de Fomento, la edificabilidad máxima de la parela (8.562, 85 m2 /m2 y 28.135, 09 m3 /m2 ) y, por otro lado, se corrige la referencia incorrecta del apartado Bajo Cubierta.

Se completa el Capítulo 2 del Título III incorporando el texto íntegro de la ficha urbanística de la Unidad de Ejecución 'Calle de Valdihuertos 5' y de la Ordenanza R3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.

Se incorpora en su apartado E) el estudio económico de la actuación exigido en el informe previo del Servicio Territorial de Fomento.

Se suprime el título D2 referente a Normativa Urbanística Modificada, de conformidad con el...

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