DECRETO 294/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Alberca (Salamanca), en la parcela U.1.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

DECRETO 294/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprueba defini tivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planea miento Municipal de La Alberca (Salamanca), en la parcela U.1.

Visto el expediente de Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de LaAlberca (Salamanca), del cual constan los siguientes ANTECEDENTES Primero. El municipio de La Alberca (Salamanca) cuenta con Normas Subsidiarias de ámbito municipal, aprobadas definitivamente por Orden de laConsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio 24 de febrero de 1994.

Segundo. El Ayuntamiento de La Alberca promueve el expediente de Modificación de lasNormas Subsidiarias en lo que afecta a dos parcelas, la n.º 1 y la n.º 2, pero el expediente se desglosa y tramita por separado como consecuencia de que la parcela n.º 1 se encuentra dentro del ámbito del Conjunto Histórico de La Alberca por lo que es necesario informe previo de la administración competente en materia de patrimonio. El presente expediente se refiere a la siguiente parcela:

Parcela 1-Suelo urbano U.1, núcleo histórico.

La modificación se encuentra sujeta al procedimiento cualificado previsto en el Art. 50 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1976, por afectar a espacios libres y zonas verdes públicas. Con ella se pretende el cambio de uso pormenorizado de la parcela a Residencia para la Tercera Edad.

La justificación de la modificación se efectúa en base a la insuficiencia actual de suelo destinado por las Normas Subsidiarias vigentes a equipamiento, en un momento de desarrollo urbanístico del municipio que demanda tal instalación.

La modificación se concreta en la recalificación de unos terrenos de propiedad municipal de aproximadamente 2000 metros, clasificados como urbanos y que las Normas Subsidiarias vigentes destinan a zona verde, para calificarlos como zona de equipamiento.

Tercero. La aprobación inicial se efectúa con fecha 28 de enero de 1998, sometiéndose el acuerdo a información pública mediante anuncios publicados en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de fecha 20 de febrero de 1998 y en el diario 'LaGaceta' de 11 de febrero de 1998.

Durante el período de información pública se presentó una alegación por la representación de la entidad mercantil IBERDROLA, S.A.

La aprobación provisional se efectuó con fecha 8 de abril de 1998.

Cuarto. Con fecha 25 de junio de 1998 se recibe el expediente en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para su tramitación de conformidad con el Art. 50 del Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1976, procediéndose al desglose del mismo en la forma establecida en el antecedente Segundo.

Con fecha 31 de agosto de 1998, la Comisión Territorial de Patrimonio de Salamanca acordó informar favorablemente la presente Modificación siempre que se cumplan las siguientes prescripciones:

  1. ' Se reducirá la altura permitida a 2 plantas (7, 5 m. máximo de alero) y semisótano.

  2. ' Se determinará en la documentación las condiciones de conservación del arbolado singular.

  3. ' Deberán fijarse condiciones para la obligación de tratamiento como fachada de la parte del edificio recayente a la parcela de la ermita.

Quinto. Vista la documentación presentada por el Ayuntamiento de La Alberca se solicita aclaración sobre el cumplimiento...

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