ORDEN AYG/535/2008 de 12 de marzo, por la que se declara oficialmente la existencia de la plaga de la langosta mediterránea y otros ortópteros asociados en la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

ORDEN AYG/535/2008, de 12 de marzo, por la que se declara oficialmente la existencia de la plaga de la langosta mediterránea y otros ortópteros asociados en la Comunidad de Castilla y León.

La Ley 43/2002 de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal, regula en su Título II, Capítulo III la lucha contra plagas, facultando a laAutoridad Competente de la ComunidadAutónoma para declarar la existencia de una plaga, y en su caso, calificar de utilidad pública la lucha contra la misma.

El Real Decreto 1507/2003, de 28 de noviembre, en su artículo 1 califica de utilidad pública la lucha contra las plagas de langosta y otros ortópteros asociados, estableciendo en su artículo 3 las obligaciones de los particulares, y en concreto la notificación inmediata a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas de la aparición de los focos de la plaga, proporcionar la información necesaria para su localización y estimación de su extensión, facilitar a los inspectores de sanidad vegetal el acceso a los medios afectados de su propiedad, y en su caso a las empresas adjudicatarias de los trabajos de prospección o de tratamientos, y ejecutar las medidas obligatorias que asimismo se enumeran en el artículo 5, en las fincas o predios de su propiedad en los que la langosta avive o en las que se detecte la presencia de poblaciones importantes de dichas plagas.

En los últimos años, las poblaciones de langosta y otros ortópteros asociados asentadas en zonas con marcado endemismo, han experimentado en la Comunidad de Castilla y León un crecimiento que ha dado lugar a la invasión, con carácter de plaga, de espacios anteriormente libres de estos ortópteros. La incidencia de altas poblaciones causan daños, que por su naturaleza y potencial peligro, hacen imprescindible la lucha obligatoria como medio más eficaz para su control. Asimismo, en las prospecciones realizadas en las provincias de Ávila, Salamanca y Zamora el pasado otoño, se han localizado numerosos puntos con canutos de puesta viables. Es por ello que se hace necesaria la declaración oficial de la existencia de la plaga, así como la declaración de utilidad pública y urgencia las medidas fitosanitarias dirigidas a su control.

En consecuencia, vista la propuesta de la Dirección General de Producción Agropecuaria,

DISPONGO:

Primero. Declarar oficialmente en el territorio de la Comunidad de Castilla y León la existencia de la plaga de langosta y otros ortópteros asociados, calificada de utilidad pública de...

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