ORDEN EYE/1658/2007, de 5 de octubre, por la que se convocan becas para la formación, el perfeccionamiento y la realización de prácticas sobre temas europeos en la Oficina de Castilla y León en Bruselas.
Sección | IV - Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | Consejeria de Economia y Empleo |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN EYE/1658/2007, de 5 de octubre, por la que se convocan becas para la formación, el perfeccionamiento y la realización de prácticas sobre temas europeos en la Oficina de Castilla y León en Bruselas.
La Consejería de Economía y Empleo, a través de la Dirección General de Economía, Política Financiera y Asuntos Europeos, tiene atribuidas entre sus funciones la de seguimiento y las comunicaciones en materia de ayudas públicas y reglamentaciones técnicas, y la dirección y la gestión de la Oficina de Castilla y León en Bruselas.
En el ejercicio de estas competencias, resulta oportuno favorecer la formación en temas europeos, tanto teórica como práctica, de jóvenes vinculados a Castilla y León, que les permita obtener una visión de conjunto de las políticas comunitarias con relación a los intereses regionales al mismo tiempo que completan y actualizan su formación universitaria.
Con esta finalidad y en el ámbito de los Servicios de esta Administración, la Oficina de Castilla y León en Bruselas viene colaborando en esta política de formación, mediante la incorporación a sus dependencias de becarios para realizar prácticas sobre asuntos europeos.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO:
Primero. Convocatoria.
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de tres becas en la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León, para la formación, perfeccionamiento y realización de prácticas sobre temas europeos en la Oficina de Castilla y León en Bruselas.
Segundo. Financiación.
La financiación de las becas a que se refiere la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 08.07.467A.01.48090, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el ejercicio económico del año 2007, por un importe de 23.571, 54 y, en su caso a las aplicaciones presupuestarias correspondientes de futuros ejercicios.
Tercero. Régimen jurídico.
La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los Organismos Autónomos y Entes Públicos de Derecho Privado adscritos a ella, y en esta Orden.
Cuarto. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de tres becas para la formación, el perfeccionamiento y la realización de prácticas sobre asuntos europeos, con la finalidad de completar el estudio y la formación académica del becario a través de un aprendizaje directo del funcionamiento institucional comunitario y de las políticas europeas adaptadas a los intereses regionales.
Los becarios desarrollarán las actividades que constituyen el objeto de la presente convocatoria en las dependencias de la Oficina de Castilla y León en Bruselas.
Quinto. Beneficiarios.
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Podrán ser becarios todas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:
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Tener como máximo treinta años de edad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
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Poseer titulación universitaria superior, o estar en condiciones de obtenerla en el momento de adjudicación de la beca. Cuando el título sea expedido por una universidad extranjera deberá presentarse certificado de homologación de los estudios, o en su defecto, reconocimiento que habilite para el ejercicio de la profesión en España.
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Tener un buen nivel de conocimiento, hablado y escrito, de los idiomas francés e inglés.
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Estar en condiciones físicas y psíquicas para el desarrollo de la actividad.
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Ser castellano y leonés, o estar empadronado en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, o haber obtenido la licenciatura en una Universidad de esta Comunidad Autónoma.
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No estar disfrutando o haber disfrutado con anterioridad de una beca para la realización de estudios o prácticas sobre asuntos europeos concedida por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
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No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
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No hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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Son obligaciones del becario las siguientes:
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La aceptación del disfrute de...
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