ORDEN SAN/1039/2013, de 13 de diciembre, por la que se procede al cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, en lo relativo a la integración del personal dependiente de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional Servicio de Salud de Castilla y León que perciba haberes por el sistema de cupo y zona en el sistema de prestación de servicios, de dedicación y de retribuciones establecidos en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Con fecha 24 de abril de 2012 se publicó en el «B.O.E.» el Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de las prestaciones, que por medio de su artículo 10 (Capítulo V relativo a medidas en materia de Recursos Humanos) procede a la modificación de la Disposición transitoria tercera de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, estableciendo, en relación con el Personal de cupo y zona, que:

En la forma y condiciones que en cada servicio de salud, en su caso, se determine, el personal que percibe haberes por el sistema de cupo y zona se integrará en el sistema de prestación de servicios, dedicación y de retribuciones que se establece en esa ley, antes del 31 de diciembre de 2013 sin perjuicio de los derechos consolidados. Queda suprimida desde esa fecha la modalidad de prestación de servicios de cupo y zona.

En el ámbito de la Comunidad de Castilla y León el 25 de septiembre de 2008 se publicó la ORDEN SAN/1647/2008, de 9 de septiembre, por la que se establece el procedimiento abierto y permanente para la integración de los Facultativos Especialistas de Cupo, en los servicios jerarquizados de Atención Especializada y del Personal Sanitario del Modelo Tradicional en Atención Primaria, en plazas de Equipos o de Área de Atención Primaria.

Como consecuencia de la publicación de la citada orden el personal estatutario fijo que percibe haberes por el sistema de cupo y zona dependiente de la Gerencia Regional de salud de Castilla y León voluntariamente ha venido siendo objeto de integración en el nuevo sistema establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

No obstante lo anterior, la publicación del Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril ha modificado el sistema de integración pasando de ser voluntaria a obligatoria, con fecha límite del 31 de diciembre de 2013, fecha en la que quedará suprimida definitivamente la modalidad de prestación de servicios de cupo y zona.

Ello hace necesario, de acuerdo con lo así indicado en el citado Real Decreto Ley 16/2012, que el Servicio de Salud de Castilla y León, proceder a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 10 del citado Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, en cuanto a

la integración forzosa del personal de cupo y...

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