DECRETO 66/1998, de 26 de marzo, por el que se modifica parcialmente el Decreto 159/1994, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley de Actividades Clasificadas.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 30-03-1998 Nº Boletín: 60 / 1998

DECRETO 66/1998, de 26 de marzo, por el que se modifica parcialmente el Decreto 159/1994, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley de Actividades Clasificadas.

El Decreto 15/1994, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley de Actividades Clasificadas, regula en los Capítulos II y III la composición y funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Actividades Clasificadas y la Comisión Regional de Actividades Clasificadas.

La experiencia acumulada sobre el funcionamiento de ambas Comisiones, unido a la necesidad de adecuar sus respectivas composiciones a la estructura orgánica de las distintas Consejerías, aconsejan su modificación con el objetivo de conseguir más agilidad en la intervención y una mayor representatividad de los sectores profesionales y económicos afectados por la aplicación de la normativa sobre Actividades Clasificadas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 26 de marzo de 1998,

DISPONGO:

Artículo único Modificar los artículos 7, 11 y 13 del Decreto 159/1994, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley de Actividades Clasificadas, cuya redacción pasará a ser la siguiente:
Artículo 7 º Organización: Las Comisiones Provinciales de Actividades Clasificadas estarán compuestas de la forma siguiente:
  1. Presidente: El Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León o quien ejerza sus funciones.

  2. Vicepresidente: El Jefe del Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

  3. Vocales:

    El Secretario Territorial de la Delegación Territorial. El Jefe del Servicio Territorial de Fomento. El Jefe del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería. El Jefe del Servicio Territorial de Sanidad...

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