ORDEN de 5 de mayo de 1994, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se convocan cursos de formación y perfeccionamiento a celebrar en el año 1994 y se establecen las Normas Generales para su desarrollo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyOrden

Fecha del Boletín: 16-05-1994 Nº Boletín: 93 / 1994

ORDEN de 5 de mayo de 1994, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se convocan cursos de formación y perfeccionamiento a celebrar en el año 1994 y se establecen las Normas Generales para su desarrollo.

La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, considerando que la formación del personal al servicio de la Comunidad es un instrumento necesario para la profesionalización del mismo, con el objetivo de mejorar la calidad y efectividad de los servicios que presta a los ciudadanos, contempla la organización y realización de cursos de formación y perfeccionamiento.

En el mismo sentido, el Convenio Colectivo vigente establece en los artículos 29, 30 y 31 el derecho de los trabajadores a ver facilitada la realización de cursos de formación, promoción, capacitación y reconversión.

En este marco, previo informe de la Mesa Unica de Formación, y en virtud de lo establecido en la Orden de 25 de febrero de 1994 de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, por la que se convocan actividades de formación a celebrar en el año 1994, y se establecen las normas generales para su desarrollo

DISPONGO:

Artículo único Convocar las siguientes actividades de formación y perfeccionamiento a desarrollar durante el presente ejercicio presupuestario, consistentes en:

- Curso sobre reconocimiento e inventariación de especies protegidas, cinegéticas y piscícolas.

- Curso de formación sobre legislación urbanística.

- Curso sobre técnicas G.P.S. (Geographic Planning System).

Los citados cursos se desarrollarán de acuerdo con las siguientes

BASES:

CURSO SOBRE RECONOCIMIENTO E INVENTARIACION DE ESPECIES PROTEGIDAS, CINEGETICAS Y PISCICOLAS DIRIGIDO AL CUERPO DE AUXILIARES FACULTATIVOS (ESCALA GUARDERIA) Y CELADORES DE MEDIO AMBIENTE

Se desarrollarán 2 cursos de iguales características y contenidos en diferentes fechas, con el fin de que en todo momento queden cubiertas las necesidades de los correspondientes servicios.

Acceso al curso

  1. - Podrán acceder a este curso los celadores de Medio Ambiente y los auxiliares facultativos (Escala Guarderia) al servicio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León.

  2. - El número de participantes en cada uno de los cursos no podrá ser superior a veinticinco.

  3. - Los aspirantes serán seleccionados por la Dirección General del Medio Natural, a propuesta de los Jefes de Servicio Territoriales de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de acuerdo con los siguientes criterios de selección:

    A.- Tendrán preferencia aquellos Agentes Forestales y Celadores de Medio Ambiente que desempeñen su actividad en las Secciones de Vida Silvestre de los diferentes Servicios Territoriales.

    B.- En segundo lugar aquellos Agentes Forestales y Celadores de Medio Ambiente que, sin desempeñar su trabajo de forma exclusiva en las Secciones de Vida Silvestre, realicen labores especificas o de apoyo en dichas Secciones.

    C.- Resto de la Guarderia Forestal y Celadores de Medio Ambiente.

    Dentro de cada uno de los tres grupos anteriormente definidos, tendrán prioridad aquellos solicitantes que nunca hayan concurrido a cursos organizados por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y en caso de igualdad, la selección se realizará de acuerdo con el tiempo de servicios prestados a la Administración, debidamente reconocidos y acreditados.

    ISolicitudes

  4. - Los interesados en participar en el curso, deberán solicitarlo en el modelo de instancia que figura como Anexo I a esta convocatoria adjuntando certificado de servicios prestados, según modelo que figura como Anexo ILa citada documentación se presentará en el Servicio Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio donde el solicitante preste sus servicios.

  5. - El plazo de presentación de solicitudes será de 15...

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