ORDEN MAM/806/2011, de 1 de junio, relativa a la aprobación del deslinde del monte «La Zanja», n.º 43 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Segovia, perteneciente al Ayuntamiento de Remondo y sito en el término municipal de Remondo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente SG-D-25/11, instruido con motivo de la ejecución del deslinde del monte «La Zanja» n.º 43 del Catálogo de los de Utilidad Pública de la provincia de Segovia, perteneciente al Ayuntamiento de Remondo, sito en el término municipal de Remondo, del cual son los siguientes sus

ANTECEDENTES DE HECHO I.- El de 12 de mayo de 2006, el Director General del Medio Natural dicta Resolución por la que se inicia el expediente de contratación para el deslinde de los MUP n.º 43 y 294 del Catálogo de Utilidad Pública de la provincia de Segovia en los Ayuntamientos y Términos Municipales de Remondo y Castro de Fuentidueña. II.- Con fecha 9 de enero de 2007 se remitió al Registro de la Propiedad el acuerdo de deslinde para realizar la anotación marginal relativa a la inscripción de la finca correspondiente al monte «La Zanja» n.º 43 del Catálogo de montes de U.P. III.- Con fecha de 3 y 6 de julio de 2007 se remitió respectivamente a las Diputaciones Provinciales de Segovia y de Valladolid, el texto del edicto del anuncio del deslinde para su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia» fijando la fecha de comienzo del apeo. IV.- El comienzo de las operaciones de amojonamiento provisional fue anunciado mediante publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de Segovia» n.º 82, de 9 de julio de 2007 y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid», de 14 de julio de 2007, exposición en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Íscar y Remondo y notificación a las Entidades y particulares interesados, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. Para los particulares a los que no se pudo notificar se publicó en el «Boletín de la Provincia de Segovia» de 20 de julio de 2007 la notificación. V.- Las labores de apeo, se realizaron los días 6, 7, 8 y 9 de agosto de 2007, según queda reflejado en las correspondientes actas, registro topográfico y planos de deslinde firmadas por todos los asistentes como prueba de conformidad con lo acordado. VI.- Una vez finalizada la operación de deslinde, con fecha 3 de septiembre de 2007, el Ingeniero Operador en esta primera fase emite un Informe, que contiene todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, del que se extendieron las correspondientes Actas.

VII.- En el «Boletín Oficial de la Provincia de Segovia» n.º 145 de 3 de diciembre de 2007 se da vista del expediente, relativo a la primera fase, concediendo el plazo de un mes para examinar el expediente y presentación de reclamaciones. El anuncio fue remitido a todas las Entidades y particulares interesados, para su conocimiento y publicación en los tablones de anuncios correspondientes. Tanto durante el apeo como el período de vistas, varios particulares presentaron protestas a la situación de algunos piquetes. VIII.- Con fecha 24 de marzo de 2008, la Unidad de Ordenación y Mejora del Servicio Territorial de Segovia emite informe en el que resume el desarrollo del deslinde y propone iniciar el deslinde en segunda fase de todas las líneas protestadas en las actas de deslinde y durante el período de vistas. Además propone que se acepte la propuesta del Ingeniero Operador de todos los apartados y líneas que no se vean influidos por la segunda fase del deslinde. IX.- Con fecha 2 de abril de 2008, se publica en el «Boletín Oficial de la Provincia de Segovia» anuncio relativo a la segunda fase del deslinde, exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Remondo y notificación a particulares interesados, especificándose la fecha y lugar señalados para dicho comienzo. X.- Con fecha 16 de junio de 2008 se realiza el Informe sobre Reconocimiento y Clasificación de fincas o derechos en base a la documentación presentada y conforme a lo estipulado en el artículo 102 del Reglamento de Montes, certifica que según la información presentada no existe ninguna finca, que se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los grupos C y D del referente artículo, estimando así que no existen indicios de que algunas fincas pudieran pertenecer total o parcialmente al monte. XI.- Con fecha 8 de julio de 2008 se llevaron a cabo las labores de apeo, de la segunda fase del deslinde, según queda reflejado en las correspondientes actas, registro topográfico y planos de deslinde firmadas por todos los asistentes como prueba de conformidad con lo acordado. No se realizaron protestas en el acta de deslinde. XII.- Con fecha 9 de julio de 2008, el Ingeniero Operador emite informe sobre la segunda fase del deslinde en el que se contienen todos los antecedentes legales ya reseñados, así como el apeo llevado a cabo, del que se extendieron las correspondientes Actas. En el mismo se describe el monte con las siguientes características: * PROVINCIA: Segovia. * NOMBRE: «La Zanja». * NÚMERO: 43 del C.U.P. * TÉRMINO MUNICIPAL: Remondo. * PERTENENCIA: Ayuntamiento de Remondo. * SUPERFICIE TOTAL: 242,8234 Ha. * SUPERFICIE ENCLAVADOS: 26,4828 Ha. * SUPERFICIE PÚBLICA: 216,3406 Ha. * ESPECIES: En las parcelas n.º 1 a 7 domina el pinar adulto de Pinus pinea y Pinus pinaster . En la parcela 8 a la masa adulta de pinar se suman repoblaciones jóvenes de chopos y pinos y vegetación de ribera en las inmediaciones del río Pirón.

* LÍMITES Y SUPERFICIES DE LAS PARCELAS:

PARCELA 1: «VIÑAS VIEJAS» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 12,0113 Ha. Norte: Tierras de cultivo particulares.

Este: Tierras de cultivo y pinares particulares.

Sur: Tierras de cultivo y pinares particulares. Oeste: Tierras de cultivo y pinares particulares.

PARCELA 2: «ARROYADA HONDA» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 0,7715 Ha.

Norte: Pinares particulares.

Este: Pinares particulares.

Sur: Tierras de cultivo y pinares particulares.

Oeste: Tierras de cultivo y pinares particulares.

PARCELA 3: «BODÓN CÁRABO» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 1,7096 Ha.

Norte: Pinares particulares.

Este: Tierras de cultivo y pinares particulares.

Sur: Tierras de cultivo particulares.

Oeste: Camino de Cogeces y pinar particular.

PARCELA 4: «LA TEJERA» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 0,1731 Ha. Norte: Tierras de cultivo.

Este: Camino municipal.

Sur: Pinar particular.

Oeste: Tierras de cultivo.

PARCELA 5: «CARRA-ÍSCAR» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 30,4300 Ha. Norte: Tierras de cultivo y pinares particulares. Este: Tierras de cultivo particulares.

Sur: Tierras de cultivo y pinares particulares. Oeste: Tierras de cultivo y pinares particulares.

PARCELA 6 «LOS CANTONES» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 6,6253 Ha.

Norte: Tierras de cultivo y pinares particulares.

Este: Camino de Cogeces, tierras de cultivo y pinares particulares. Sur: Tierras de cultivo y pinares particulares.

Oeste: Tierras de cultivo.

PARCELA 7 «PIMPOLLADA CHIQUITA» SUPERFICIE PÚBLICA Y TOTAL: 2,2341 Ha.

Norte: Tierras de cultivo y pinares particulares.

Este: Camino de Cogeces y terrenos particulares.

Sur: Terrenos particulares.

Oeste: Tierras de cultivo particulares.

PARCELA 8 «MONTAÑA, HUELGAS DEL RÍO PIRÓN Y EL CAÑAL» SUPERFICIE TOTAL: 162,3858 Ha.

SUPERFICIE ENCLAVADOS: Enclavado A «Junto al Río Pirón» 26,1005 Ha. y Enclavado B «Los Albarejos» de 0,3822 Ha. Total 26,4828 Ha.

SUPERFICIE PÚBLICA: 135,9030 Ha.

Norte: Monte «Pinar del Concejo» n.º 31 del C.U.P. de la provincia de Valladolid perteneciente al Ayuntamiento de Íscar en el T.M. de Íscar y con tierras de cultivo y pinares particulares tanto en el término municipal de Íscar como de Remondo. Este: Tierras de cultivo particulares.

Sur: Monte «Aldenuela» n.º 29 del C.U.P. de la provincia de Valladolid perteneciente a la Comunidad de Villa y Tierra de Íscar en el término municipal de Íscar, y con tierras de cultivo y pinares particulares tanto del T.M. de Íscar como de Remondo.

Oeste: Monte «Santibáñez» n.º 30 del C.U.P. de la provincia de Valladolid perteneciente a la Comunidad de Villa y Tierra de Íscar en el T.M. de Íscar, con la vía pecuaria Cañada Real de Merinas o del Palenque y con tierras de cultivo y pinares particulares tanto del término municipal de Íscar como de Remondo. XIII.- Con fecha 20 de octubre de 2008 se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Segovia» el anuncio relativo al período de vista de la segunda fase del deslinde y la notificación a todas las entidades y particulares interesados. XIV.- En el informe del Letrado Jefe de la Asesoría Jurídica de la Junta de Castilla y León en Segovia, de fecha 27 de enero de 2009, se expone que la documentación aportada por los interesados no permite presumir que se consideren titulares comprendidos en el Art. 34 de la Ley hipotecaria. XV.- Con fecha 20 de febrero de 2009 la Jefa de la Unidad de Ordenación y Mejora emite un informe que certifica que no se han formulado alegaciones en el plazo establecido a la línea perimetral determinada sobre el terreno ni al plano y actas de la operación efectuada. XVI.- El 22 de febrero de 2009 la Jefa de Unidad de Ordenación y Mejora emite informe y propuesta en el que tras analizar las dos fases del deslinde llevado a cabo, propone la aprobación del deslinde. XVII.- El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia eleva el expediente a la Dirección General del Medio Natural para su aprobación, si procede. XVIII.- La Dirección General del Medio Natural, de conformidad con la Sección de Propiedad Pública del Servicio de Defensa del Medio Natural, formula, con fecha 20 de mayo de 2011 la correspondiente propuesta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO I.- La resolución del presente expediente es competencia de la Consejería de Medio Ambiente, en virtud de las transferencias realizadas en materia de conservación de la naturaleza a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero, así como el Decreto 90/1989, de 31 de mayo, por el que se distribuyen determinadas competencias en las Consejerías de la Junta de Castilla y León, y los Decretos 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León y Decreto 75/2007, de 12 de julio, de la Junta de...

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