ORDEN SAN/1110/2017, de 1 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de personal estatutario de las categorías de Médico de Admisión y Documentación Clínica, Médico de Urgencias Hospitalarias y Licenciado Especialista en las siguientes especialidades: Alergología, Análisis Clínicos, Anatomía Patológica, Anestesiología y Reanimación, Angiología y Cirugía Vascular, Aparato Digestivo, Bioquímica Clínica, Cardiología, Cirugía Cardiovascular, Cirugía General y del Aparato Digestivo, Cirugía Oral y Maxilofacial, Cirugía Ortopédica y Traumatología, Cirugía Pediátrica, Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, Cirugía Torácica, Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología, Endocrinología y Nutrición, Farmacia Hospitalaria, Farmacología Clínica, Geriatría, Hematología y Hemoterapia, Inmunología, Medicina Física y Rehabilitación, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Nuclear, Medicina Preventiva y Salud Pública, Microbiología y Parasitología, Nefrología, ...
Sección | III - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Presidencia |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 37 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, regula la convocatoria, con carácter periódico, de procedimientos de movilidad voluntaria en cada Servicio de Salud, que se resolverán mediante el sistema de concurso, previa convocatoria pública y de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad.
La Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en sus artículos 35 y 36 establece que el concurso de traslados constituye el procedimiento normal de provisión de las plazas vacantes de cada categoría y especialidad, en el ámbito de los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León.
Estando dotadas presupuestariamente las plazas objeto del presente concurso, esta Consejería, a propuesta de la Gerencia Regional de Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 y 36 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario, y en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 6.2.g) del mismo texto legal, ha dispuesto convocar concurso de traslados para la provisión de plazas que se relacionan en el Anexo I de esta orden, de acuerdo con el régimen establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, en los términos previstos en dicha Ley, por lo dispuesto en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León
así como el Decreto 8/2011, de 24 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de Selección y determinadas formas de provisión de plazas y puestos de trabajo de personal estatutario en centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud, con sujeción a las siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la Convocatoria.
1.1. Se convocan para su provisión por concurso de traslados las plazas básicas vacantes, que, por categorías y especialidades, se especifican en el Anexo I de la presente orden. Cada concursante podrá solicitar, por su orden de preferencia, aquellas plazas de su categoría y/o especialidad que resulten de su interés, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 2.2.c) de la presente convocatoria.
1.2. Las plazas están codificadas a efectos de su identificación, distribución y adjudicación, con un código de cinco dígitos. Esta codificación deberá utilizarse para la petición de plazas en la hoja destinada a ello, y servirá para la adscripción del concursante a la plaza adjudicada, sin que ello afecte al nombramiento del concursante ni limite las posibilidades de reorganización asistencial conforme a la normativa vigente.
Segunda.- Requisitos y condiciones de participación.
2.1. Podrá participar en el presente concurso de traslados el personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud con nombramiento en propiedad en la misma categoría y/o especialidad a la que se concurse, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión, que a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
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En activo o con reserva de plaza.
-
En situación distinta a la de activo y sin ostentar reserva de plaza.
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En adscripción provisional.
En cumplimiento de la previsto en el artículo 6 del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y procedimiento de su actualización:
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Se especifica como categorías y/o especialidad equivalente que es la propia en la que se ofertan las plazas, la de Médico de Admisión y Documentación Clínica, Médico de Urgencias Hospitalarias y Licenciado Especialista en las Especialidades indicadas en el Anexo I de la presente orden .
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Se especifica, como categoría y/o especialidad de referencia la que figura en el catálogo contenido en el Anexo del Real Decreto que se reproduce al final de este apartado.
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Con la finalidad de garantizar el conocimiento y difusión a todo el personal estatutario afectado que resulte con derecho a participar en esta convocatoria, se deja constancia de las categorías y/o especialidades afectadas.
-
En virtud de la declaración contenida en el mencionado precepto, se consideran equivalentes las categorías y/o especialidades que aparecen en el catálogo respecto de la categoría y especialidad de referencia a la que se equiparan.
GRUPO O SUBGRUPO CLASIFI. PROFESIONAL
CLASIFICACIÓN
DE PERSONAL
ESTATUTARIO
DENOMINACIÓN DE LA CATEGORÍA DE REFERENCIA
CATEGORÍAS EQUIVALENTES.
MÉDICO/A DE ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
MÉDICO/A DE ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA / MÉDICO/A DOCUMENTACIÓN CLÍNICA Y ADMISIÓN / MÉDICO/A DE ADMISIÓN, ARCHIVO
Y DOCUMENTACIÓN / ADMISIÓN Y DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
MÉDICO DE URGENCIA HOSPITALARIA
MÉDICO/A DE URGENCIA HOSPITALARIA / URGENCIA HOSPITALARIA
TITULADO ESPECIALISTA EN CIENCIAS DE LA SALUD:
FACULTATIVO ESPECIALISTA DE ÁREA (FEA), FACULTATIVO ESPECIALISTA (FE), LICENCIADO ESPECIALISTA (LE), EN:
ALERGOLOGÍA
ALERGOLOGÍA
ANÁLISIS CLÍNICOS
ANÁLISIS CLÍNICOS
ANATOMÍA PATOLÓGICA
ANATOMÍA PATOLÓGICA
ANESTESIOLOGÍA
Y REANIMACIÓN/ANESTESIA
ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN/ ANESTESIA
ANGIOLOGÍA Y CIRUGÍA VASCULAR
ANGIOLOGÍA Y CIRUGÍA VASCULAR
APARATO DIGESTIVO
APARATO DIGESTIVO
BIOQUÍMICA CLÍNICA
BIOQUÍMICA CLÍNICA
CARDIOLOGÍA
CARDIOLOGÍA
A1
P. LICENCIADO SANITARIO (LOPS)
CIRUGÍA CARDIOVASCULAR
CIRUGÍA CARDIOVASCULAR
CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO
CIRUGÍA GENERAL Y DEL APARATO
DIGESTIVO
CIRUGÍA ORAL Y MAXILOFACIAL
CIRUGÍA ORAL Y MAXILOFACIAL
CIRUGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGÍA
CIRUGÍA ORTOPÉDICA Y TRAUMATOLOGÍA
CIRUGÍA PEDIÁTRICA
CIRUGÍA PEDIÁTRICA
CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA Y REPARADORA
CIRUGÍA PLÁSTICA, ESTÉTICA Y REPARADORA
CIRUGÍA TORÁCICA
CIRUGÍA TORÁCICA
DERMATOLOGÍA MÉDICO-QUIRÚRGICA Y VENEREOLOGIA
DERMATOLOGÍA MÉDICO-QUIRÚRGICA Y VENEREOLOGIA
ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN
ENDOCRINOLOGÍA Y NUTRICIÓN
FARMACIA HOSPITALARIA
FARMACIA HOSPITALARIA
FARMACOLOGÍA CLÍNICA
FARMACOLOGÍA CLÍNICA
GERIATRÍA
GERIATRÍA
GRUPO O SUBGRUPO CLASIFI. PROFESIONAL
CLASIFICACIÓN
DE PERSONAL
ESTATUTARIO
DENOMINACIÓN DE LA CATEGORÍA DE REFERENCIA
CATEGORÍAS EQUIVALENTES.
HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA
HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA/ HEMATOLOGÍA
INMUNOLOGÍA
INMUNOLOGÍA
MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN
MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN
MEDICINA INTENSIVA
MEDICINA INTENSIVA
MEDICINA INTERNA
MEDICINA INTERNA
MEDICINA NUCLEAR
MEDICINA NUCLEAR
MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA
MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA
MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA
MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA
NEFROLOGÍA
NEFROLOGÍA
A1
P. LICENCIADO SANITARIO (LOPS)
NEUMOLOGÍA
NEUMOLOGÍA
NEUROCIRUGÍA
NEUROCIRUGÍA
NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA
NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA
NEUROLOGÍA
NEUROLOGÍA
OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA
OBSTETRICIA Y GINECOLOGÍA
OFTALMOLOGÍA
OFTALMOLOGÍA
ONCOLOGÍA MÉDICA
ONCOLOGÍA MÉDICA
ONCOLOGÍA RADIOTERÁPICA
ONCOLOGÍA RADIOTERÁPICA
OTORRINOLARINGOLOGÍA
OTORRINOLARINGOLOGÍA
PEDIATRÍA Y SUS ÁREAS ESPECÍFICAS
PEDIATRÍA Y SUS ÁREAS ESPECÍFICAS
PSICOLOGÍA CLÍNICA
PSICOLOGÍA CLÍNICA
PSIQUIATRÍA
PSIQUIATRÍA
RADIODIAGNÓSTICO
RADIODIAGNÓSTICO
RADIOFÍSICA HOSPITALARIA
RADIOFÍSICA HOSPITALARIA
REUMATOLOGÍA
REUMATOLOGÍA
UROLOGÍA
UROLOGÍA
2.2. En función de la situación en la que se encuentre el participante, serán requisitos para ser admitido en el concurso los siguientes:
-
Personal en situación de servicio activo o con reserva de plaza: Se encuentra en esta situación el personal estatutario fijo con nombramiento en la misma categoría y/o especialidad en la que participa, que se encuentre desempeñando con carácter definitivo o tenga reserva de plaza de esa condición en cualquier Servicio de Salud. Para poder participar en el concurso el citado personal deberá
haber permanecido un mínimo de dos años en la plaza obtenida con carácter definitivo, salvo los supuestos de supresión de plaza.
El personal que se encuentre en situación que conlleve derecho a reserva de plaza, podrá participar en este concurso para la obtención o cambio de reserva de plaza, en los términos legalmente establecidos, sin que ello implique necesariamente su reingreso al servicio activo, debiendo, en tal caso, manifestar en el plazo posesorio la opción de permanecer en la misma situación.
-
Personal en situación distinta a la de servicio activo y sin ostentar reserva de plaza: El personal estatutario fijo que se encuentre en esta situación deberá reunir los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo el último día de presentación de solicitudes.
Si el personal procediera de la situación de excedencia voluntaria contemplada en los apartados a) y c) del artículo 67 del Estatuto Marco, deberá acreditar la permanencia en dicha situación durante un tiempo mínimo de dos años, o durante el tiempo establecido en la normativa aplicable en el momento de pasar a dicha situación administrativa.
-
El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de adscripción o reingreso provisional en plaza dependiente de la Gerencia Regional de Salud, estará obligado a participar en este concurso, debiendo solicitar en todo caso todas las plazas de su categoría y/o especialidad que se oferten en su correspondiente Área, y en su caso modalidad, a la que esté adscrito, con independencia de que con carácter voluntario pueda solicitar cualquier otra plaza.
El personal en adscripción o reingreso provisional que como consecuencia de la resolución de este concurso de traslados resulte desplazado de la plaza que desempeña, podrá optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten...
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