ORDEN PRE/458/2012 de 4 de junio, por la que se convoca el proceso selectivo para la designación de Vocales del Consejo de Coordinación de la Inmigración de Castilla y León que representen a las Asociaciones de Inmigrantes y a las Organizaciones no Gubernamentales.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Decreto 11/2012, de 29 de marzo, por el que se modifican y simplifican diversos órganos colegiados adscritos a la Consejería de la Presidencia, crea el Consejo de Coordinación de la Inmigración de Castilla y León con la finalidad de servir a la integración social de los inmigrantes en la Comunidad.

En su artículo 7, apartado 7, determina su composición, entre la que figuran cinco vocales en representación de las asociaciones de inmigrantes con domicilio social en Castilla y León y cuatro representantes de las organizaciones no gubernamentales que actúen y desarrollen programas en el ámbito de la inmigración en Castilla y León.

La disposición final primera del citado Decreto 11/2012, de 29 de marzo, faculta al Consejero de la Presidencia para dictar cuantas normas y resoluciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de este Decreto, que en su artículo 7, apartado 7, determina que la incorporación de las asociaciones de inmigrantes y organizaciones no gubernamentales será a través de su designación por el presidente del Consejo, a propuesta de las entidades que sean seleccionadas mediante convocatoria pública y criterios objetivos.

En su virtud, y a efectos de la constitución del Consejo de Coordinación de la Inmigración de Castilla y León,

DISPONGO

Convocar el proceso selectivo para la cobertura de las vocalías representativas de las asociaciones de inmigrantes y de las organizaciones no gubernamentales, establecidas en el artículo 7, apartado 7, letras d) y e) 4.º del Decreto 11/2012, de 29 de marzo, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de participación.

  1. Las asociaciones de inmigrantes deberán tener su domicilio social en la Comunidad de Castilla y León, realizar una labor eficaz a favor de la integración de los inmigrantes en Castilla y León y ser representativas en relación con el número de inmigrantes en dicha Comunidad.

    Las organizaciones no gubernamentales deberán actuar y desarrollar programas en el ámbito de inmigración en Castilla y León.

  2. Ambos tipos de entidades deberán cumplir además los siguientes requisitos:

    1. Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en los registros administrativos que correspondan.

    2. Carecer de fines de lucro.

    3. Tener fines estatutarios que se enmarquen dentro de la finalidad del Consejo de Coordinación de la Inmigración de Castilla y León.

    4. Acreditar experiencia en la realización de programas y actividades dirigidas a la integración de los inmigrantes en los...

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