ORDEN PRE/952/2016, de 10 de noviembre, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de autorizaciones de explotación de máquinas de tipo 'B', o recreativas con premio, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2016 y se aprueban las bases que regirán el mismo.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Agricultura y Ganaderia
Rango de LeyOrden

La disposición transitoria segunda de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, establece que, hasta que la Junta de Castilla y León pueda planificar los juegos y apuestas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, la Consejería competente en materia de juego podrá convocar anualmente concurso público para la adjudicación de autorizaciones de explotación de las máquinas de tipo «B» hasta completar el número máximo fijado en la última planificación.

Esta planificación fue aprobada por el Decreto 19/2006, de 6 de abril, concretándose en su artículo 3.2 el número máximo de autorizaciones hasta las 17.108 en el año 2008.

Con posterioridad se efectuaron sucesivas convocatorias, la última de las cuales se realizó por Orden PRE/937/2015, de 30 de octubre, convocando 2.797 autorizaciones de explotación para alcanzar las 17.108 previstas en el citado Decreto 19/2006, de 6 de abril.

Este concurso fue resuelto por Orden PRE/1097/2015, de 14 de diciembre, mediante el que 137 autorizaciones de explotación fueron debidamente tramitadas, por lo que se alcanzaron un total de 14.192 autorizaciones de explotación.

Desde entonces, y hasta la fecha de publicación de la presente orden de convocatoria, se han producido 2 bajas.

Por lo que se procede a una nueva convocatoria para adjudicar 2.918 autorizaciones de explotación de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio, hasta alcanzar de nuevo las 17.108 previstas en el Decreto 19/2006, de 6 de abril.

El otorgamiento de las autorizaciones de explotación se atendrá a lo dispuesto en el artículo 4.2 en la Ley reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León, en las bases de esta convocatoria y a cuantas disposiciones y resoluciones sean de aplicación.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 12. m) del Decreto 40/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, corresponde a ésta las competencias sobre los juegos y apuestas y, por lo tanto, la competencia para efectuar esta convocatoria pública.

Por cuanto antecede, y en uso de la habilitación concedida en la disposición transitoria segunda de la citada Ley de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, esta Consejería de la Presidencia acuerda convocar concurso público para la adjudicación de autorizaciones de explotación de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio, en el territorio de Castilla y León, con arreglo a las siguientes,

BASES:

Primera.- Objeto y régimen jurídico de la convocatoria.

  1. La presente convocatoria tiene por objeto la adjudicación de 2.918 autorizaciones de explotación de máquinas de tipo «B», o recreativas con premio, hasta alcanzar las 17.108, en la Comunidad de Castilla y León.

  2. El régimen jurídico de este concurso público está constituido por la normativa general en la materia prevista en la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y León y, supletoriamente, por la legislación del procedimiento administrativo y demás disposiciones que sean de aplicación, así como, por las presentes bases de convocatoria.

    Segunda.- Requisitos de los solicitantes.

  3. Podrán presentar las solicitudes para participar en la presente convocatoria, y ser admitidos en el procedimiento de concurrencia competitiva, quienes cumplan con los siguientes requisitos:

    1. Las empresas operadoras de máquinas de tipo «B» debidamente inscritas, en el Registro de empresas relacionadas con las máquinas recreativas y de azar de la Comunidad de Castilla y León, creado por Decreto 17/2003, de 6 de febrero, en la fecha de publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

    2. Si el número de autorizaciones de explotación solicitadas por esas empresas operadoras fuera inferior al convocado en esta orden, se admitirán las solicitudes presentadas por las empresas operadoras inscritas en el Registro de Juego de otra Comunidad Autónoma que le...

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