ORDEN PRE/850/2018, de 13 de julio, por la que se resuelve la convocatoria para la concesión de premios-subvención a proyectos de educación para el desarrollo en centros educativos de la Comunidad de Castilla y León 2018.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

La Consejería de la Presidencia según lo previsto en el Decreto 2/2015, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías, tiene asignadas como competencias propias las relativas a la cooperación para el desarrollo.

En el ejercicio de esta competencia, por Orden PRE/153/2017, de 22 de febrero, se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de premios-subvención a proyectos de educación para el desarrollo en Centros Educativos de la Comunidad de Castilla y León.

Por Orden de 22 de diciembre de 2017, de la Consejería de la Presidencia se convocan los premios-subvención a proyectos de educación para el desarrollo en Centros Educativos de la Comunidad de Castilla y León para 2018, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.03.231B08.4803M.0, con un crédito asignado de 35.000 €, conforme a las previsiones de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018.

La Secretaría General de la Consejería de la Presidencia ha instruido el procedimiento de acuerdo con lo dispuesto en las órdenes de bases y de convocatoria, examinando la conformidad de las solicitudes con los requisitos exigidos y el cumplimiento de las condiciones impuestas por aquellas para adquirir la condición de beneficiario.

El artículo 18 de la Orden PRE/153/2017, de 22 de febrero, y el dispongo decimoprimero de la Orden de 22 de diciembre de 2017, de la Consejería de la Presidencia, establecen que la evaluación de los proyectos presentados se efectuará por una Comisión de Valoración, la cual emitirá un informe que contenga la prelación de solicitudes que resulte de su valoración, orden de prelación e importe a conceder, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases reguladoras, tras el cual se dictará propuesta de resolución por la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia.

Con fecha de 15 de junio, ha sido emitido el informe preceptivo por la Comisión de Valoración, en el que se concreta el resultado de la evaluación y la prelación de las solicitudes de conformidad con los criterios que figuran en la mencionada Orden de bases.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Orden PRE/153/2017, de 22 de febrero, señalada, y dado que el importe de la subvención a conceder es inferior al que figura en la solicitud presentada inicialmente por los centros, la Comisión de Valoración

ha instado a los beneficiarios a reformular su solicitud para ajustar los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. Reformulaciones que han sido recibidas de conformidad por la Comisión de Valoración, emitiéndose informe favorable el 2 de julio de 2018.

La Secretaría General, con fecha 11 de julio, dictó propuesta de resolución, que fue notificada a través de los medios electrónicos previstos en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, concediendo un plazo de diez días hábiles, para aceptar expresamente la propuesta como beneficiaria de la subvención. En el plazo mencionado, las entidades propuestas han aceptado expresamente la subvención en tiempo y forma.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, visto los informes de la Comisión de Valoración, de acuerdo con la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, con la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, y con los demás preceptos aplicables y de pertinente y general aplicación,

RESUELVO

Primero .- Inadmitir, por incumplimiento de los requisitos establecidos en la Orden PRE/153/2017, de 22 de febrero, y en concreto, el artículo 1 y el artículo 7 a) que indican que los proyectos presentados a esta convocatoria deben centrarse en contenidos y competencias vinculados con la educación para el desarrollo bajo el enfoque de ciudadanía global, entre otros, derechos humanos, perspectiva de género, desarrollo sostenible, causas y consecuencias de la pobreza, valores de solidaridad e interculturalidad, las solicitudes que figuran en el Anexo I.

Segundo .- Conceder subvenciones a los centros educativos que, reuniendo...

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