ORDEN PRE/485/2018, de 24 de abril, por la que se resuelve la convocatoria de becas de formación e investigación en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Por Orden de 15 de noviembre de 2017, de esta Consejería de la Presidencia, se convocaron las becas de formación e investigación en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP), una beca en la modalidad de innovación formativa y otra beca en la modalidad de tecnologías de la información y la comunicación aplicables a la formación. El extracto de dicha orden fue publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León núm. 225, de 23 de noviembre.

Concluida la instrucción del procedimiento, conforme determina la base séptima de la Orden PRE/949/2017, de 19 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP), de conformidad con el informe de la Comisión de Valoración y la propuesta formulada por el Director de la ECLAP, y de acuerdo con las competencias que me atribuyen el apartado uno de la base octava de la Orden PRE/949/2017, de 19 de octubre,

RESUELVO:

Primero.- Conceder la beca en la modalidad de innovación formativa a Dña. Clara Martínez Ceniceros, con DNI núm. 12422679B, con una puntuación de 6,90 ptos.

La cuantía individual bruta de esta beca es de 1.250 euros mensuales, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 01.11.921B02.48068.0 de los presupuestos generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018.

Esta beca podrá tener una duración máxima de 36 meses ininterrumpidos, contados desde la incorporación del becario. Un primer período se extenderá desde el día de su incorporación hasta el 31 de diciembre del presente año, pudiéndose renovar por anualidades completas o por meses dentro de una anualidad, sin superar, en ningún caso, su duración máxima, y en función de la disponibilidad presupuestaria.

Segundo.- Declarar desierta la beca en la modalidad de tecnologías de la información y la comunicación aplicables a la formación, por no cumplir ninguno de los solicitantes los requisitos exigidos en el procedimiento de concesión.

Tercero.- Desestimar las solicitudes que figuran en el Anexo I por:

- Falta de acreditación del cumplimiento de los requisitos contemplados en la base cuarta de la Orden PRE/949/2017, de 19 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP).

- No haber obtenido puntuación alguna en la...

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